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Obligación de inscripción de las S.L. en el Registro Mercantil del dominio y dirección de correo electrónico

1 Comentarios
 
02/11/2003 17:59
Como ya sabes, el artículo 9 de esta Ley establece la obligación que comentas. Es, por lo tanto, un "imperativo legal".
Y aunque el plazo marcado finalizó ya, son muchas las entidades que siguen presentando en los Registros Mercantiles el escrito (¡ojo!: con legitimación notarial de la firma) de comunicación de la titularidad del dominio.
Un saludo.
Obligación de inscripción de las s.l. en el registro mercantil del dominio y dirección de correo electrónico
25/09/2003 15:42
La ley 30/2002 de 11 de julio de servicios de la sociedad de la información y correo electrónico establece la obligación de las s.A. Y las s.L. A inscribir en el registro mercantil el dominio o en su caso direccion de internet.

¿Sabe alguien porque se debe hacer esto?.

Gracias.