Muchísimas gracias Lexis, eso mismo es lo que figura en mi contrato, que tenemos obligación en caso de reparaciones, pero tenia mis dudas.
Referente al tanteo y retracto tengo todo el derecho a ello y ellos la obligacion de comunicarme
a quien venden el piso y por cuanto.
Gracias de nuevo y un cordial saludo.
El arrendatario solo esta obligado a facilitar la entrada al piso por requerimiento del arrendador, solo para efectuar alguna reparacion. Puedes negarte para que visiten el piso. Lee bien tu contrato. Si no esta salvado el derecho al retracto, incluso te tienen que comunicar el precio de la venta para que puedas quedarte con el piso por el mismo precio. En cualquier caso no pueden echarte como inquilino.
Buenas noches. Antes de nada, gracias de antemano por la ayuda o consejo que puedan prestarme. Soy arrendataria de una vivienda desde 1982. El propietario, una inmobiliaria, nos ha ofrecido la compra del piso, pero la oferta supera con creces nuestras posibilidades economicas, y aunque nos interesa y mucho, nos es imposible. Por lo que piensan venderlo a un tercero. A partir de ahora pretenden "enseñar el piso a los interesados" y mi pregunta es la siguiente: ¿legalmente tenemos la obligación de pasar por esto? ¿Tienen derecho a venir con posibles compradores, a que vean la vivienda, teniendo los planos? Es una situación muy violenta para nosotros y nos gustaria saber si podemos evitarlo o no. Muchisimas gracias y un cordial saludo.