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Obligación de identificarse
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Empleo Público
Tema: Obligación de identificarse
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¿Necesita un abogado especialista en Empleo Público?
1
Comentarios
Letrado
08/02/2008 13:44
De conformidad con lo establecido por el Art. 35 b) de la Ley 30/92 Vd. tiene derecho a identificar al funcionario o autoridad actuante.
Eso si, se puede identificar a traves de su núm de func o registro no necesariamente a traves de su DNI.
Un Saludo
bayoroque@gmail.com
Obligación de identificarse
hulk
07/02/2008 18:49
Quisiera saber si es obligatorio un funcionario publico identificarse en caso de que se le solicite.
Hay alguna normativa, legislacion al respecto.
Gracias.
360833
360716
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