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Obligacion de hacer compraventa

10 Comentarios
 
perfil ABQ
20/07/2011 20:34
Entiendo que la compraventa estaba perfeccionada por la firma del contrato y sometida a la condición de la titulación (e inscripción, supongo) por parte del vendedor. Hasta que esa condición no se cumplió, en 1.999, no era posible conminar al vendedor al otorgamiento de escritura y culminación de la compraventa (no quiero entrar ahora en la perfección/consumación, para no liarnos más). Con esas premisas, es evidente que no ha prescrito la acción.
20/07/2011 19:51
Disculpa Alcanta, no me he explicado bien, yo represento al comprador, el cual firmó un contrato en el que dio un pago a cuenta y se esperaba a que el vendedor inscribiese las fincas a su favor para posteriormente elevar el contrato de compraventa y pagar la cantidad restante. Ocurre que el vendedor hizo las escrituras y desapareció, ahora después de años lo encontramos y le hacemos un requerimiento para que acuda a cumplir lo establecido en contrato puesto que ya es el titular registral de la finca. es decir queremos cumplir el contrato pero demandado se niega , de ahí el ordinario
20/07/2011 16:08
Nest10, o te estas liando tu, o me estoy liando yo.

Tu cliente, es el comprador no?

Si es el comprador, y ya firmo las escrituras en 1999, no tiene nada mas que pedir. La casa es suya. Que vaya al Registro y las inscriba. A que viene el Ordinario?
20/07/2011 13:04
No se si con el comentario se reactiva el foro, pero lo intento. En mi caso concreto podría solicitar el cumplimiento de contrato previsto en el 1124 del cc? a efectos de hacerlo efectivo no de resolverlo? gracias. saludos
29/06/2011 11:54
En el contrato habla de "cuando se otorgue la escritura pública correspondiente" Esta escritura se lleva a cabo en 1999 y el comprador(mi cliente) tiene constancia en 2011 .
La obligación de hacer la escritura se cumplió en 1999 y ahora yo tengo conocimiento y quiero hacer efectivo lo establecido en el contrato, no han pasado 15 años desde el 99 con respecto a mi obligación de abonar lo que resta de la compraventa. por lo que entiendo que el plazo de prescripción no me afecta. Qué les parece? Es que estoy empezando en la profesión y como es mi primer ordinario quiero dejar todos los flecos bien atados, muchas gracias por sus comentarios me están ayudando bastante. saludos

28/06/2011 10:16
Habra que ver que significa eso de que "hizo la escritura". Si fue a un Notario para preparar la escritura y se puede localizar al Notario y la minuta, que a lo mejor la tienen archivada en algun sitio, yo me agarraria a eso para contar la prescripcion desde la fecha de la escritura fallida (los 15 anos de marras).
Dificil, pero no hay que desestimar ninguna opcion.
28/06/2011 09:39
Hay 15 años desde el ultimo pago para hacerlo, es una obligacion de hacer, prescribe a los 15 años.

olivaresadvocats@gmail.com
27/06/2011 13:28
Eso o depende donde este la finca, una usucapion, yo he hecho varios de estos procedimientos.
27/06/2011 12:53
Es decir que no afecta ningún plazo de prescripción, y por tanto puedo solicitar vía judicial el cumplimiento del mismo no?¿ es que he realizado un requerimiento notarial y no se presentó y tengo el temor de que decida vender a un tercero y que éste inscriba en el registro, por lo que estoy pensando en una anotación preventiva de demanda mediante otro si. es mi segundo caso y estoy muy verde jejeje gracias por la ayuda. saludos.
27/06/2011 12:10
Es como dices, vas en lo cierto.
Obligacion de hacer compraventa
27/06/2011 11:22
Hola compañeros, se me presenta el siguiente caso, un señor realiza un contrato de compraventa privado, entrega una cantidad y el resto se acuerda en el contrato que se abonará cuando el vendedor realice las escrituras de la finca que vende. Esto fue en 1990, pasa el tiempo y le pierde la pista al vendedor, lo encuentra hace unos meses, y el comprador le pide concluir con lo pactado, el vendedor le dice k desde 1999 ya tiene la escritura hecha pero que ahora no le vende por el precio pactado en el contrato.
¿puede existir algún tipo de prescripción? desde que se firmó han pasado 21 años y desde que realizó la escritura 12 años. Entiendo que es una obligación de hacer por el vendedor que no ha cumplid. qué os parece? saludos y gracias!!