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¿ obligacion de denunciar ?

1 Comentarios
 
02/02/2008 15:48
Si usted ve que puede existir un peligro para las personas o cosas, tiene usted la obligación por ley de comunicarlo a la autoridad competente sin demora, además de hacerlo al presidente de la comunidad en este caso. Además, si fuera un peligro inminente, tiene que poner todos los medios a su alcance para evitarlo (como podría ser, parar el ascensor desconctando la energía).
¿ obligacion de denunciar ?
perfil edi
02/02/2008 15:03
El tema es el siguiente:
En el edificio donde vivo, el ascensor funciona mal y ademas he observado unas deficiencias que en mi opinion creo podria ser peligrosas.
He pensado mandar un escrito al Presidente de la comunidad expresandole mis temores y el fundamento de los mismos ya que verbalmente no me hace caso.
La pregunta concreta es.
Si la Comunidad no atiende mi escrito y para el ascensor hasta que se arregle y en el caso de que ocurriera una desgracia.
¿ tendria algun tipo de responsabilidad por no haber denunciado a Industria o habria cumplido con mi escrito al Presidente ?
gracias anticipadas.
por favor, es urgente.
saludos.
edi