Hola mi nombre es Juanjo y el tema que me ocupa el siguiente,
hace 2 años compre una parcela para construirme una casa, contrate a una arquitecta para que hiciera el proyecto que ademas era la arquitecta municipal de la localidad, presuponiendo que sabria todo el tema de retranqueos y demas, con ese proyecto pido licencia de obras que hes concedida sin problemas, ahora 2 años despues cuando empiezo la obra el ayuntamiento me dice que tengo que dejar una separacion de 10 metros respecto a la finca de enfrente que es lo que marca el POM DE LA LOCALIDAD,decir que la calle esta echa co aceras y alumbrado publico con un ancho de 7 metros en total ,tambien decir que los chalet que estan a un lado y al otro del mio solo han respetado la distancia de 7 metros que es lo que hay urbanizado, y que estan construidos en el 2010 (el POM es del 2004), mi pregunta es ¿ por que me obligan a mi a dejar la distancia de 10 metros y a otros no ? ¿ puedo tomar acciones contra el ayuntamiento?
Espero haberme explicado bien
muchas gracias.
Tu arquitecta es quien debería resolver el problema, pero si indicas municipio y sector en el que se encuentra la parcela quizás se te pueda ayudar en el foro.
Hola,
de momento mi arquitecta dice que tengo cumplir el POM, aunque ella es uno de los arquitectos municipales ( hay 2) el otro es el que lleva el tema de mi licencia, el municipio en cuestion es Pastrana ,en Guadalajara, el sector creo que es el S-2 ,la ref. catastral es la 6946339wk0764F0001XGY 6946355WK0764F0001BG ,espero que con estos datos podais orientarme, a como hacer contra el ayuntamiento.
o si se puede pedir una modificacion del POM.
Gracias
Moratin, en el plano general de ordenación aparece el sector 2 como unidad de actuación de suelo urbanizable, ignoro si en la actualidad ya se ha desarrollado o todavía está pendiente.
No obstante decirte que para que el ayuntamiento pueda conceder licencias en el sector, previamente debe materializarse las cesiones obligatorias y los propietarios haber sufragado los costes de urbanización.
las calles estan echas ,de echo hay hasta alumbrado publico,
a lo mejor me he confundido con el sector,no podria mandarte el plano con la finca señalada?
No es suficiente, es necesario que los servicios y dotaciones urbanísticas cumplan, al menos, con los requisitos establecidos en el apartado 2.3 de la Disposición Preliminar del Decreto Legislativo 1/2010 de 18 de mayo.
Por lo que yo se todas las casas que hay en la zona han tenido licencia de obras, y ninguno ha tenido que pagar nada por las calle,ni alumbrado ni nada, solo el derecho de enganche del agua y alcantarillado que son 300 €, y solo obliga a ceder terreno a las construcciones que sean posteriores al POM ,aunque en este caso soy el primero al que el ayuntamiento obliga construir a un minimo de 10 mts y mira que han construido entre el 2004 y el 2014 ,de hay mi sorpresa e indignacion, que medidas podria tomar contra el ayuntamiento?
Es posible que se haya tramitado alguna modificación del planeamiento o aprobado alguna norma mas restrictiva que antaño, no lo se, si se da alguna de esas circunstancias me es imposible saberlo porque ese POM no está disponible al público.
Lo que si es cierto es lo que ya te ha dicho la arquitecta, y es que las determinaciones del POM hay que cumplirlas.
Vale, me queda claro, pero puedo tomar medidas contra el ayuntamiento por prevaricacion urbanistica por omision?
o si en el caso que decidiera no dejar los 10 mts que dice el POM y solo dejara los 7 mts que tienen mis vecinos, que medidas podria tomar el ayuntammiento en mi contra?
Muchas gracias por tu interes
Tomar medidas por prevaricación en base a qué. No me parece que puedas justificarlas cuando el alcalde exige, para conceder una licencia, el cumplimiento del planeamiento.
Si construyes sin o contra las condiciones de la licencia el alcalde tiene la OBLIGACIÓN de actuar aplicando el Capítulo V del Decrelo Lagislativa 1/2010 de 18 de mayo.
Supongo que la misma obligacion de actuar tenia que haber tenido contra mis vecinos, que han construido sin respetar el POM, y sin embargo no actuo,¿eso no es prevaricacion?
dejar cometer un delito y no hacer nada para impedirlo?
Ya tengo manifestado que me es imposible acceder al planeamiento de ese municipio, tampoco conozco las condiciones con las que fueron concedidas las licencias a tus vecinos, ni siquiera se, como es obvio, si tienen instruido un procedimiento de legalización y el respectivo sancionador o de restauración urbanística en su caso, si lo tienen recurrido en los tribunales, en su caso, en consecuencia, ello me impide opinar sobre si las construcciones de tus vecinos cumplían o no con la normativa vigente en el momento de concederse la licencia y si el alcalde estuvo mirando hacia otro lado mientras las construcciones se estaban realizando incumpliendo el planeamiento o sin ajustarse a proyecto y licencia concedida.
Sólo se lo que ha dicho tu arquitecta, que dicho sea de paso, me parece muy raro que siendo la técnico municipal haya aceptado redactar el proyecto de una casa a construir en el municipio en que es funcionaria pública.
Ahora bien, si eres conocedor de todas las circunstancias anteriores y puedes demostrarlo, denuncia.
Muchas gracias por tu interes,
si ,se que la arquitecta municipal no puede hacer proyectos del municipio donde trabaja ,pero como en todo ,hecha la ley hecha la trampa,el proyecto lo firma otro arquitecto y asi avita el problema de incompatibilidad, respecto al tema que nos interesa creo que cumplire con el POM y denunciare al ayuntamiento.
Gracias por tu tiempo.
Buenas, aunque este post es de hace tiempo, interesa puntualizar sobre lo que Juanjo alega.
Antes que nada, la arquitecta era una falsa arquitecta municipal. Ha sido honorífica y desde 2013 asesora externa. Por tanto, nada de municipal.
Sobre las exigencias: es cierto que las licencias han sido "alatorias". Los alcaldes y sus "arquitectos" saben que ese suelo no está consolidado por la urbanización ni está parcelado ni hay cesiones ni se han aportado las cantidades para urbanizar ni se ha entregado el suelo urbanizado correspondiente al Ayto. Es decir, unos han construido ilegalmente sin control y otros lo han hecho en base a una exiigencias que simplemente no son de aplicación.
Solución: demandar al Alcalde, al falso arquitecto municipal y a la arquiteca proyectista.
uy, cómo está el patio!
supongo que en facebook está que arde
Pastrana es una localidad y municipio español del sur de la provincia de Guadalajara. Cuenta con una población de 885 habitantes. Ubicada en la comarca de La Alcarria, tuvo su auge entre los siglos XVI y XVII. Fue declarada conjunto histórico-artístico en 1966. Wikipedia
realmente, ¿es creíble que por no ser puntillosos en la gestión de un suelo urbanizable en Pastrana, particularmente de exigencia de garantías económicas y no por construcción no adaptada, en el caso de un vecino para su vivienda y no por actuación especulativa, merecen acabar en los juzgados el alcalde y la arquitecta pseudomunicipal?
Pastrana es un pueblo con encanto, mucho, y eso tiene mérito, mucho
La legislación urbanística, en particular lo que respecta a la transformación del suelo rústico en urbano, seguro que no se ha hecho pensando en el vecino de Pastrana que quiere hacer una casa. A Pastrana hay que ayudarle a dar todavía mayor valor a su Casco Histórico, porque es un regalo de los vecinos de Pastrana o todo aquel que quiera disfrutarlo ... y ayudarle a que el desarrollo exterior sea ordenado y coherente ... pero lo demás es secundario, hasta el punto de que, lo que no hagan los vecinos, que lo haga la Junta