Mi duda es que si en la nueva Ley 4/2015, los Agentes de la Autoridad en un coche camuflado e identificandose solamente con cartera placa identificativa tienen la obligación de dar in situs Acta informando la aprehebsión de un cigarro-porro, informandole en todo momento al cuidadano que no sera denunciado ya que no poseen para apuntar y informarle mediante acta y llegando a los 6 meses exactamente carta notificando de la Autoridad competente el hecho denunciable.
Si pudierais orientarme para recurrir esta denuncia os lo agradeceria...