No tengo muy claro si esta consulta debe ir en esta parte del foro, por lo que os pido disculpas en caso de no ser así.
Mi mujer y yo queremos comprar una vivienda de una promotora ofertada a su vez por un banco. La promotora "nos obliga" a adquirirla con plaza de garaje (independiente y no inscrita en la hipoteca concedida al promotor) mientras que el banco no la incluye en la hipoteca. Nosotros realmente no queremos la plaza de garaje y por más que se lo decimos a la promotora, no hacen mucho caso.
¿Hasta qué punto puede la promotora obligar a adquirir una vivienda con una plaza de garaje? ¿Al estar la casa en el catálogo de viviendas del banco, se puede realizar la compra directamente con ellos?.
El lugar es tan adecuado como cualquier otro,no es una cuestión de norma,si no de gramática parda:
El precio de una cosa se forma con dos variables,las ganas de comprar,que tiran al alza y las ganas de vender,que tiran a la baja..
Me explico
La vivenda es del banco y la promotora un intermediario,el banco está loco por sacarse fincas de encima,el intermediario por pillar comisión,así que intentará colocarle piso,garaje y caseta de perro si puede.
directamente al banco,el piso,me lo quedo ya,pero sin bicho,el garaje,ni en el potro,cederan ya.
Es una vivienda de promotor y la adquisición pasa por subrogar una hipoteca.....lagarto,las clausulas de esas hipotecas nunca son las más favorables,el banco ata muy en corto,por el riesgo, y el promotor juega a corto plazo,sacársela de encima rápido.
Si se mantiene firme y da un ultimatum,cederán,y si no ceden,será por pisos...
Lo que no pueden es adquirir un bién que de entrada no cumple sus espectativas,y menos con una inversión que será de largo la mayor de su vida.
Pues a pesar de que ablecua opine que si es un foro adecuado para incluir esta consulta, le recuerdo que es un blog sobre la ley de propiedad horizontal, y lo que ocurre que quiza aqui no encuentre la respuesta adecuada o correctz.