Ante todo felicitar y agradecer a los expertos por ayudarnos en momentos dificiles, resolviendonos esos problemas que nos traen de cabeza. Gracias!
Mi problema es el siguiente:
Formo parte de una comunidad de bienes constituída por dos comuneros. La cuestión es que mi socia (comunera) se queda de baja por maternidad. En el documento que firmamos al constituir la comunidad de bienes, expone:
"En caso de que cualquiera de las comuneras, se dé de baja médica, la comunidad solo pagará a la comunera de baja hasta el dia 04 de la baja, el tiempo que exceda se cubrirá con un seguro privado que cada comunera contrará a estos efectos"
Ella se acaba de coger la baja médica, falta aproxidamente un mes para que de a luz. Luego como es lógico se va a coger los 4 meses de baja por maternidad.
Ahora bien, lo que no tengo nada claro, es si la CB. está obligada a pagar la seguridad social de la comunera ahora y mientras se encuentre en baja maternal. Mi socia, cobrará un sueldo de la seguridad social integro para ella mientras que yo tendría que pagar su seguridad social trabajando en la comunidad de bienes.