No sé en que foro debo hacer esta pregunta:
En Junio-julio del 2006 se me entregará un piso cuyo contrato privado de compraventa firmé el 13 de agosto de 2004. En el mismo había una cláusula por la cual me obligaba a subrogarme en la hipoteca con una entidad bancaria determinada. Y si otras entidades me ofrecen mejores condiciones? Tengo la obligación de hacerlo? Leí en una noticia que un Juez de Valencia, precisamente província en la que está situado el inmueble, declaraba, si no recuerdo mal, abusiva dicha practica. Qué puedo hacer?
La constructora habrá pedido una hipoteca para financiar la construcción, esta hipoteca estará inscrita en el Registro de la Propiedad, si no se subrogas en la hipoteca la inmobiliaria tendrá que pagar los gastos de notario y registro para venderte el piso libre de cargas. Puedes hablar con ellos y ofrecerte a pagar tu esos gastos, pero antes de nada infórmate bien y hecha cuentas.
Hola, entiendo que no existe obligación de subrogarte ni de pagar gastos de cancelación de la hipoteca, puesto que tu no tienes la culpa de que ellos necesiten financiación para hacer la obra.Simplemente, busca la hipoteca donde te den mejores condiciones y si te ponen pegas que hable con ellos un abogado de tu confianza( Por experiencia te digo que funciona).
Un saludo