Puedes citarlo judicialmente hasta 5 días antes de la vista oral. Yo lo haría para evitar problemas posteriores. Además debe ratificarse en su informe y contestar a las preguntas que las partes o el juez (en su caso) quieran formularle.
Lo habitual es aportar el informe pericial en la fase de prueba de la vista oral. No obstante si es voluminoso igual te dicen por qué no lo has aportado antes ya que para hacer las preguntas deben estudiarlo antes.
Buenos días, y no consideras que si esperamos hasta ese momento y por algún motivo digamos enfermedad, congresos .... del perito no puede acudir el día de la vista; al no haber sido citado judicialmente nos podemos quedar sin pericial.