pero no estoy de acuerdo con esto: "Optica...pérdidas?? Si ahora hasta le paga la sanidad pública..." No sé quñe quieres decir con eso, la sanidad, que yo sepa, no paga a las opticas.
No hay convenio de optcas nacional a lo sumo algunso provinciales.
Ok...pero en tu provincia o CCAA no hay CV específico para opticos...pues será este el que tengan que aplicar en este caso. Si esto no es así..supongo que mirarías si te pagan lo que te corresponde (leerías el convenio)...no se cual es el concreto convenio de comercio (hay muchos en España) pero esa es la cantidad que te corresponde como óptico (técnico/diplomado)?? Las pagas extras están incluidas en los 1000 euros?? Cuantas pagas extras te están pagando?? porque normalmente el comercio tiene 2 y una o dos de beneficios (vamos una 3-4 pagas)..complementos no tienes en la nómina??.
Me sigue pareciendo muy poco para estar contratrado como optico (otra cosa es que estuvieras como auxiliar o dependiente) a jornada completa??.
jjcabellan...era en plan irónico...pero yo no descartaría mandarla una presentada la demanda (aunque el contenido legal es cierto, así que vete comprobando, lo mezclé con humor)...me daría hasta el gusto de mandarla por burofax...
Del sueldo te iba a preguntar yo...que convenio se te aplica...es que cuanto dijiste que eras óptico me pareció muy poco el salario...pero claro puedes estar contratado en categoría de dependiente...de todas formas intenta ver el convenio que te es de aplicación, para ver todo lo que te corresponde, que igual hay más cosas que puedes reclamar y asi aprovechas de una vez...ya sabes que de perdidos...
Hay alguna multinacional optica con convenio propio, otras tienen provincial otras están en el del metal...esto es fundamental...pero si estás a jornada completa me parece poco...tienes prorrateadas las extras en esa cuantía?? Yo conozco algún óptico, con mayor salario eso sí, y se que tiene 3 pagas extras por CV...La cosa está mal...no se ahora pero hasta hace nada para entrar en la facultad de óptica pedían una nota altísima....y al final para que.
Pues eso que mires el CV....
jejeje... muy bueno, pero me parece que no la voy a enviar para que me deje tiempo de recabar toda la información que pueda.
Y aparte, no quiero ponerlos en preaviso de lo que voy a hacer.
Por cierto, mi sueldo es de 950 € incluyendo transporte, etc.... buffffffff una barbaridad, es decir, no soy ni mil eurista y con el 50 % menos ya me direis, no tengo ni para pipas.
Todos los problemas económicos de la empresa pasan por reducirte el sueldo a ti en un 50 %, joer macho ¿cuanto cobras?....Jua Jua, con nes37 mucho lo tuyo me parto y me troncho jjcabellan corta y pega la carta de nes37, de esta los acojonas y te ascienden a jefe de equipo. Ya nos comentaras, lo dicho yo es que me parto, desde luego cuanto se aprende en este foro y encima te ríes.
Haz acopio de todas las irregularidades denunciables ante la ITSS...aprovecha para interponer denuncia por todo...desde calendario laboral expuesto, documentos de cotización expuestos, plan de prevención de riesgos, revisiones médicas, etc....
Ahora..si te quieren hacer la vida imposible...tu más fuerte que ellos...el otro día a una conocida igual...en una empresa que había presentado beneficios de unos cuantos millones de euros...como constaba en el RM...evidentemente un perito bueno hay que conocerlo y no se lo que te cobrará...pero si puedes tira de conocidos como hizo ella...
Cuarto.- A pesar de que ustedes alegan, en la comunicación que me remitieron, que es de mi conocimiento que se ha producido un descenso de las ventas de aproximadamente del 10% (que por cierto la JP del TS ha venido confirmando que no existen descensos ni pérdidas aproximados, pues la contabilidad permite obtener una visión objetiva y real), agresivas ofertas de la competencia, que están teniendo que reducir los márgenes comerciales (“entorno” tampoco es una palabra cuantificable…o es o no es el 11%, la documentación contable es un fiel reflejo de la situación de la empresa, no tiene más que acudir a la misma para proporcionar con exactitud los datos, al igual que no me reduce la jornada aproximadamente el 50%), YO PONGO EN SU CONOCIMIENTO que mis labores en la empresa son XXX y que ni tengo información acerca de esos datos ni tampoco la tengo de los cuantiosos beneficios que durante estos 7 años ha venido obteniendo la mercantil.
Quinto.- Que vayan reuniendo todos los documentos contables y financieros que corroboren los motivos económicos alegados en la carta de comunicación de modificación de la jornada, en particular las cuentas de los últimos ejercicios depositadas en el RM y debidamente auditadas, que pienso solicitar en la demanda para que aporten a efectos de un perito (experto en fiscalizar este tipo de decisiones empresariales) emita un informe al respecto, el cual como sabe tendrá que comparecer en la vista oral para ratificar el mismo, con lo que usted va a tener el honor de escuchas sus palabra (y gratis, pues lo habré pagado yo).
Quinto.- El segundo párrafo de las causas en las que pretenden justificar la medida no puede ser mas indeterminado e injustificado, a la vista de que no detallan suficientemente cuales son los recursos y vías que pretenden utilizar para recuperar los recursos productivos ni demás datos…me vendré a obligado a alegar en la demanda que se está vulnerando mi derecho a la tutela judicial efectiva, pues no puede defenderme de unas alegaciones que no dicen nada, eso sí aparentemente dan la impresión de que quien redactó el texto maneja perfectamente la lengua castellana para escribir mucho y decir poco o nada.
Sin otro particular por el momento, aprovecho esta ocasión para testimoniales mi respecto y agradecimiento por la consideración hacia mi persona, sinceramente no esperaba menos. Esperando que nuestra relación sea por muchos años más les saludo atentamente.
Y además....si estás afiiado a un sindicato utiliza esa vía...en la demanda utiliza todo lo que puedas...no se como están tus medios, pero tira de alguien que controle de mecartil y que vayan al registro a comprobar las cuestas depositadas...y verifiquen...Optica...pérdidas?? Si ahora hasta le paga la sanidad pública...Es como cuando las farmacias protestan por los retrasos en los pagos, que no digo que no tengan razón, pero tanto como decir que van a tener que cerrar, nunca vi una en mi vida que cerrara por quiebra.
Me tomé la molestía de escribir una carta...irónica..que me vino a la mente cuando leí tu post...para el caso de que verifiques (que será así) que no tiene pérdidas...y otros datos más que fuiste dando...Lo que pasa es que por esta vía...luego después de un año le sale la mitad de barato despedirte...
Muy señores míos....agradeciéndole hayan sido tan considerados para conmigo, tras 8 años de prestación de servicios en su Mercantil, y que hayan tenido el detalle de saber que mi tiempo vale oro no molestándome durante la prestación de servicios diaria en su empresa para comunicarme la medida que respecto a mi iban a adoptar (sin perjuicio que tuvieran que remitirme comunicación escrita para cumplir con los requisitos legales), paso a poner en su conocimiento, para no cogerles por sorpresa pues no merecen tal trato por mi parte, y no es mi estilo tomar represalias contra quien las toma conmigo, a mi siempre me educaron para poner la otra mejilla (ojo: no confundan con poner el culo):
Primero.- Que acato la decisión comunicada por la Mercantil en fecha tal...pues al amparo del ART. 41 ET es la única opción que me queda para poder impugnar su decisión, algo que les anticipo que haré.
Segundo.- Que considero no sólo injustificada sino nula la decisión y en ello invertiré mis esfuerzos y el cuantioso salario que me abonan mensualmente de forma religiosa, porque la ley le obliga (que conste que es la ley y no yo quien le obliga). La nulidad la considero tanto por no existir causa legal que ampare su decisión, a pesar de que ustedes pretendan utilizarla en fraude de ley, tal y como y como se deriva las cuantas y resultados de la empresa. Pero también considero nula la misma, y así pretendo hacerlo valer en sede judicial, por ser discriminatoria hacia mi persona (y aquí le metes todo lo que se te ocurra…desde tu afiliación al sindicato…a la negativa del otro día a firmar, haciendo hincapié en que es una práctica poco habitual y hasta ahora desconocida por ti, por lo menos en el ambiente cívico en el que te mueves, que únicamente la habías visto en el cine en alguna película sobre mafias rusas).
Tercero.-Que la vista de que ustedes alegan "durante el tiempo que persistan las causas que justifican y hacen necesaria dicha modificación", quizá no hayan tenido en cuenta que para las situaciones económicas coyunturales el ART. 47 ET prevé una reducción temporal de la jornada (entre un 10 y un 70%), entre otras, por causas económicas, mediante la tramitación del correspondiente ERE, que si existen y prueban las causas la autoridad laboral tendrá a bien aprobar. Eso si también tendrían que justificar los motivos por los que incluyen a xxx trabajadores en el ERE y no a otros, motivos que en ningún pueden ser discriminatorios (esto último conviene que lo tengan en cuenta).
Optico y somos 4.
Quizas mi centro de trabajo si presente perdidas, hemos bajado mucho las ventas, pero dudo mucho que la empresa como tal las tenga.
¿y como nos ofrecen una reducción del 25% a 4 trabajadores primero y luego el 50% a mí solo?
¿No podría alegar que existe represalía por no haber tomado lo primero que nos ofrecierón?
Que actividad o sector es?? Tus funciones son?? o categoría da igual?? Y cuantos trabajadores realizan las mismas??
Existen pérdidas?? Si no existen de cabeza por la nulidad...además ese no es el procedimiento si es una modificación coyuntiral sino el ART. 47 ET...vía ere. Ellos reconocen que es coyuntural.
Estas son las razones, a ver que te parecen, no he querido ponerlas antes por lo de los 5000 caracteres. Estas son: Son los dos parrafos que me he comido antes.
"Como es de tu conocimiento, en los últimos meses se han producido, en el centro de trabajo donde prestas tus servicios, un descenso en las ventas de aproximadamente el 10 %, añadiendo a esta circunstancia, las agresivas ofertas de la competencia, que nos están llevando a reducir los márgenes comerciales, y el incremento en costes de producto anunciado por nuestros proveedores habituales entorno al 11 % para el presente año 2012.
Tales circunstancias nos obligan a reproyectar la misma y adoptar medidas necesarias para alcanzar niveles acordes a nuestra realidad, recuperar por otros recursos y vías los niveles productivos, de unidades de venta y de cifra de negocio equilibrados que eviten desembocar en desajustes financieros y pérdidas económicas que supone mantener puestos de trabajo sobredimensionados y recursos humanos excedentarios.
Por tanto, a partir de antedicah fecha tu jornada de trabajo será de 20 horas......... . Sin que la reducción de jornada implique modificación de contrato por cuanto que la misma deriva de las necesidades productivas coyunturales antedichas, en el bien entendió que conforme la actividad se vaya normalizando se irá incrementando proporcionalmente tu jornada hasta su completa restitución."
1) Pues a mi me parece que te saltas lo más importante que son las causas, no se si pueden ponerse obviando datos...pues no valen causas genéricas tienen que ser concretas y avalarse con documentos económicos.
2) Todos los empleados de la empresa realizáis la misma función...es decir, si eres dependientes hay 30 en igual situación a ti...o todos son dependientes y menos tu (y uno o dos más) que son administrativos...es por poner un ejemplo, a efectos de medida discriminatoria...a añadir...cuando la vía correcta si hay pérdidas en la empresa en un ERE de reducción temporal...por el tiempo que autorice la autoridad laboral, y durante la reducción cobráis desempleo..ahh eso si a la autoridad laboral tiene que demostrarle las pérdidas...y es temporal...al ser por la vía del art. 41 por mucho que te digan es definitivo casi seguro.
3) Las causas existen...??
4) Que tal si vas al registro mercantil y compruebas los resaltos económicos de la empresa...tu o tu abogado..tanto del centro de tu trabajo como de otros.
5) Yo aceptaría la modificación, pues es la única posibilidad que tienes para impugnarla, y luego si las causas no son ciertas (entiendo que es una multinacional) que es probable...me pondría manos a la obra para recabar la información posible sobre los datos económicos, el RM es una opción...pero a la hora de impugnar, si sabes que las causas no ciertas (si no presentó pérdidas en cuantas RM, no puede alegar causas económicas)...inmediatamente al SMAC…
Pero si al resto de mis compañeros no les han comunicado ni le han reducido nada.
Solo me lo han comunicado a mí.
Es más, me dicen textualmente: "En virtud del contrato de trabajo indefinido a jornada completa que mantienes con esta Mercantil, sirva la presente para comunicarte la modificación sustancial de tus condiciones de trabajo, al amparo del art. 41.3 del ET, concretada en reducción temporal de tu jornada de trabajo en el 50 %, que en igual proporción afectará a tu salario. La citada modificación tendrá efectos a partir del próximo día 1 de marzo de 2012, una vez cumplido el plazo de preaviso establecido en el precepto antes citado, durante el tiempo en el que persistan las causas que justifican y hacen necesaria dicha modificiación y que a continuación te detallamos: (2 parrafos)..."
y dice al final: "sin perjuicio de tu derecho a rescindir tu contrato de trabajo y a la percepción de una indemnización de 20 días de salario por año de servicio con el máximo de nueve meses".
Pues nada, que quieren que me vaya yo y yo no me voy a ir, yo quiero que me despidan y que me indemnicen con lo que justamente me corresponda.
Al resto de mis compañeros ni reducción del 25 % ni nada de nada y a mí el 50 %. ¿Que os parece?
je, je aquí vienen las represalias de una empresa chapuza cuando un trabajador esta bien informado y actua coherentemente, nada no te preocupes y haz lo que te dice rocalimon, es mas acude a inspección de trabajo y cuentales el caso, y diles las represalias que estan teniendo contigo, incluso sobre la discriminación que estas sufriendo ya que a ti si por protestar y al resto por tragar no, nada lo dicho ewsta situación te favorece, no te acojones y "pa lante", el que rie el último rie mejor.
Increible pero cierto, ayer me enviaron un burofax, anunciandome a mí solo una reducción de jornada del 50 % a partir del 1 de marzo y dejandome un aviso de 30 días como marca la ley.
2º Derechos, bastantes, lo que os proponen es un ERE que requiere un procedimiento especifico, que para empezar precisa de notificación a los trabajadores de forma escrita y con una antelación
de 30 días, (como veis la buena fe de la empresa brilla por su ausencia ya que pretenden notificároslo el 28 de enero con fecha del 15 de enero para que tenga efectos el 1 de febrero, que morro), por otra parte el ERE debe ser aceptado por la autoridad laboral.
3º ¿Os podéis negar?, No os debéis negar, en principio en febrero ya no podrá entrar en vigor y tendrán que comenzar con el procedimiento de nuevo, (y Si os notifican de nuevo con 15 o menos días mejor para vosotros, esperáis a la fecha de inicio del asunto y denunciad otra vez que se lo echaran para atrás).
4º Si aceptáis, varias consecuencias y todas perjudiciales para vosotros.
1 La reducción conlleva tb reducción de salario en el mismo porcentaje, y si ahora por no poneros de acuerdo despiden a uno por no ser solidarios pues ¿que sucede?, que uno y siempre que la autoridad laboral acepte el ERE, será despedido con una indemnización de 20 días/año trabajado, pero con el 100% del salario actual por el que estas cotizando a día de hoy y luego cuando solicite la prestación de desempleo será tb por lo que tiene cotizado hasta ahora.
2º Sois solidarios y aceptáis la reducción entonces seguís trabajando los 4 con reducción de jornada y dentro de unos meses, la empresa os dice que la cosa sigue mal y que ahora os tienen que despedir a los 4, pues bien ahora la indemnización, (siempre que sea aceptada por la autoridad laboral), será de esos mismos 20 días/año, pero ahora con esa merma salarial del 25 % y además cuando os arreglen los papeles para la prestación por desempleo tb sufrirá esa misma merma,
con lo que ahora os jodéis los 4, toma solidaridad.
5º Si te pueden trasladar, pero al menos seguirás trabajando a jornada completa y cobrando el 100 %
CONSEJO: No aceptéis nada, si os lo quieren notificar que lo hagan correctamente y poniendo las fechas correctas, por otra parte y viendo lo inminente del asunto dirigios a un sindicato son expertos en combatir los ERE´s y os tendrán bien informados del procedimiento y de los derechos que tenéis.