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Numero de parcela

3 Comentarios
 
Numero de parcela
01/04/2025 16:05
Dos fincas registrales: una vivienda y el terreno rústico colindante a la misma. Al hacer la aceptacion de la herencia , a un hermano se le lega la vivienda y al otro hermano el terreno rustico colindamte. Se registran independientemente las dos escrituras pero no se por que se asigna el mismo numero de parcela. Me gustaría que explicaran el por qué y como se podría subsanar y asignar dos parcelas diferentes. Antes de fallecer la titular era propietaria de las dos fincas.
01/04/2025 20:02
Lo más probable es que no sean fincas registrales independientes, sino una sola.

Entiendo que esta consulta deberías dirigirla al notario que autorizó las escrituras.
02/04/2025 21:58
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Lo más probable es que la vivienda y el terreno rústico sean una sola finca registral, no dos independientes, entonces tiene sentido que tengan el mismo número de parcela. ¿Por qué pasa esto?

Si la titular, antes de fallecer, tenía todo registrado como una única finca (la casa más el terreno pegado), pues ahí está el lío. En el Registro de la Propiedad y probablemente en el Catastro, eso aparece como un solo paquete con un número único. Cuando ustedes hicieron la herencia y decidieron que uno se quedaba la vivienda y el otro el terreno, seguro que lo pusieron bonito en las escrituras, pero si no se hizo el trámite para dividir la finca en dos, sigue siendo una sola a ojos legales. Por eso el número de parcela no cambia: no se ha "cortado" oficialmente. Puede ser que las escrituras hablen de las dos partes, pero sin una segregación formal, el Registro no las ve como fincas distintas. Y si el Catastro tampoco está actualizado, pues peor aún, todo sigue igualito.
¿Cómo lo arreglamos?

Para que cada hermano tenga su parcela con su propio número, hay que meterle mano y segregar la finca original. No es tan complicado como suena, pero sí lleva su curro. Aquí le dejo los pasos, así a lo práctico:

Asegúrense de cómo está el tema: Pidan una nota simple en el Registro de la Propiedad. Ahí verán si es una sola finca con un número y los dos hermanos como dueños de partes distintas. Luego, miren en el Catastro (en su web o en la oficina) si también aparece como una parcela única. Así confirman el punto de partida.
Pónganse de acuerdo: Como la finca es de los dos, tienen que estar en la misma onda para dividirla. Un papelito firmado entre ustedes diciendo "vale, la partimos" puede ser el primer paso.
Necesitan un topógrafo o arquitecto que vaya, mida y haga un plano chulo separando la vivienda del terreno rústico. Que quede clarito dónde empieza una parcela y dónde acaba la otra, con metros y linderos bien puestos.
El ayuntamiento, a veces toca: Según dónde esté la finca, puede que el ayuntamiento les pida una licencia para segregar. Depende de si es suelo urbano o rústico y de sus normas. Pregunten allí, por si las moscas.
Al notario: Con el plano (y la licencia si hace falta), vayan al notario y firmen una escritura de segregación. Ahí se dice: "Oiga, esta finca se corta en dos, una para la casa y otra para el terreno, y cada una con su dueño". El notario lo deja todo listo.
Registro y Catastro: Lleven esa escritura al Registro de la Propiedad para que inscriban las dos fincas nuevas, cada una con su numerito. Y luego, al Catastro, con el plano y la escritura, para que les den referencias catastrales distintas. Así queda todo en orden.

Cosas a tener en cuenta

Esto cuesta algo de dinero: el topógrafo, el notario, el registrador, quizás el ayuntamiento… Hablen entre ustedes para ver cómo se reparten el gasto. También lleva tiempo, unas semanas o meses según cómo vayan las oficinas. Si no quieren líos, un abogado o gestor inmobiliario les puede echar una mano y quitarles dolores de cabeza.
En resumen

El número igual es porque no se partió la finca como toca. Con una segregación bien hecha, cada hermano tendrá su parcela independiente, con su número y sin enredos.
03/04/2025 17:57
almorza
Muchisimas gracias por la informacion tan detallada que me has hecho. Probablemente sea lo que me has dicho (que las fincas no estan registradas de forma independiente), pero es que resulta que no hay acuerdo con el otro heredero para segregar las fincas. Y mi pregunta es: habria alguna forma de obligar al otro heredero a hacer la segregacion? Entiendo, creo, que si no hay un documento por medio que obligue a no segregar, a nadie se le puede obligar a compartir parcela. No sé si estoy equivocado. Gracias de antemano.