Eso está prohibido en la legislación sobre infraestructuras comunes de telecomunicación.
Las instalaciones debe ser comunitarias.
La instalación la puede solicitar un solo VECINO (propietario o no propietario). Si se le autoriza en Junta, puede ocurrir que alguno más se sume y quiera utilizar esa instalación.
La instalación la pagan los interesados, pero pasa a ser de la Comunidad. Pero su mantenimiento va a cargo de sus usuarios exclusivamente. Cuando alguno más se quiera sumar al aprovechamiento de la instalación, se calculará el valor actualizado de lo que se pagó por la instalación y los mantenimientos. Esta cantidad se "reparte" entre los usuarios actuales (sin darsela, naturalmente), a continuación se divide por el número de usuarios que va a tener la instalación y esa es la cuota de la nueva instalación por usuario. Cada usuario paga o cobra (diferencia entre el "reparto" y la nueva cuota) según si era antiguo o nuevo usuario. Y a partir de ese momento, se sigue como antes, es decir, el mantenimiento se reparte entre los usuarios.
Hola, en mi comunidad el que necesita poner una antena parabolica, sube al tejado y la coloca. ¿Me puede alguien informar si existe un numero maximo de antenas, o a partir de un determinado porcentaje de propietarios es obligatorio que se pongan entre ellos de acuerdo y coloquen una para todos?. Gracias por vuestras respuestas.