No tienen nada que ver, la nulidad supone declarar que el matrimonio nunca existió y el divorcio que existió pero queda disuelto. La nulidad puede ser civil o eclesiastica, si es esta ultima luego habrá que solicitar la eficacia civil de la resolución, presentando la oportuna demanda en el Juzgado correspondiente.
Por favor, necesito que alguien me informe de mi pregunta anterior hecha en el dia de hoy ...y de esta otra: Mi esposa pretende la nulidad de nuestro matrimonio tras llevar dos años separados legalmente. ¿La nulidad lleva consigo el divorcio? ¿ O nada tiene que ver una cosa con la otra?