hola,os quiero exponer mi preocupación: mi hijo se va a divorciar,y su pareja quiere tambien la nulidad matrimonial, pero yo tengo entendido que eso cuesta mucho, y a el le da lo mismo la nulidad. Me gustaría que me informaseis sobre este tema, por ejemplo al no tener él interes en la nulidad por que va a pagar los gastos, y que problemas puede tener con todo esto.
gracias de antemano.
algunos dicen k cuesta mucho y otros dicen k es "rapido" y no tan costoso. pero lo k yo lei en cuanto a nulidad, era todo referetne a no se habia consumado el matrimonio, o el marido engañó a la mujer y resulta k no puede tener hijos.... independientemente creo k la cosa anda dificil para pedir la nulidad. ademas creo la nulidad no solo sirve para volver a casarse por la iglesia.... y creo k es una cosa k no depende de su hijo sino de la iglesia o del juez.
Si su hijo pide el divorcio, la otra parte puede pedir la nulidad civil, que es su derecho.
Estimo que en principio las consecuencias pueden ser iguales, pero, efectivamente, el pedir la nulidad civil es un derecho, aunque no quiere decir que se la concedan.
Recomendaría MEDIADION FAMILIAR, para reflexionar con ayuda, aunque no lleguen a ningún acuerdo.
Pidan siempre PRESUPUESTO PREVIO POR ESCRITO AL ABOGADO Y PROCURADOR.
Esto es en resumen en qué consite la nulidad canónica.
¿ QUÉ ES UNA NULIDAD CANÓNICA ?
Una nulidad canónica es un proceso que consiste en declarar que un matrimonio contraído por la Iglesia nunca existió. Puesto que el matrimonio canónico es indisoluble, la Iglesia no anula matrimonios sino que declara cuales a los ojos de la misma nunca existieron por las causas que sean.
¿ QUÉ DIFERENCIA HAY ENTRE NULIDAD CANÓNICA, Y DIVORCIO O SEPARACIÓN ?
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el matrimonio civil se disuelve con el divorcio o con la muerte de uno de los cónyuges, pero siempre existió el matrimonio.
Ante un caso de nulidad canónica la Iglesia parte de la existencia de un matrimonio pero que se considera nulo, es decir que el matrimonio nunca existió.
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La nulidad canónica se tramita ante los Tribunales eclesiásticos, y el divorcio o la separación se tramitan ante los Juzgados civiles.
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Cuando el matrimonio es declarado nulo canónicamente a los ojos de la Iglesia la persona es soltera y puede contraer nuevo matrimonio por la Iglesia, salvo que la sentencia de nulidad contenga un veto. Este supone una prohibición para contraer de nuevo matrimonio.
¿ CUÁLES SON LOS MOTIVOS POR LOS CUALES SE PUEDE DECLARAR NULO UN MATRIMONIO ?
Las causas por las cuales se puede solicitar la nulidad de un matrimonio son variadas. Nunca dos matrimonios son iguales por ello no podemos hablar de casos tipo.
Lo más aconsejable es dejar en manos de un profesional el diagnóstico para detectar si el caso reviste o no nulidad.
¿ SE NECESITA ABOGADO Y PROCURADOR ?
para tramitar una nulidad es necesario abogado y procurador. El Abogado ha de tener una formación especial, y ha de ser doctor o al menos perito en Derecho canónico.
¿ DÓNDE SE SIGUE EL PROCESO ?
El proceso se sigue ante los tribunales eclesiásticos y puede ser:
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El del lugar en que se celebró el matrimonio
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El que corresponda al domicilio o cuasi domicilio del demandado.
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El del domicilio del actor.
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El del lugar donde se deben recoger la mayor parte de las pruebas
¿ CÓMO ES EL PROCESO DE NULIDAD ?
El proceso se sigue en la más estricta confidencialidad y secreto. Nada del proceso es público. Ni Los esposos ni los testigos van a verse.
¿ EN QUÉ CONSISTE EL PROCESO DE NULIDAD ?
El proceso consta de varias fases que se pueden resumir en :
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presentación de la demanda
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fijación del dubio
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proposición de prueba
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práctica de la prueba
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publicación de las actas.
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Conclusiones
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Sentencia
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Remisión de los autos al Tribunal que ha de conocer la siguiente instancia
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Decreto confirmatorio
¿ CUÁNTO DURA UN PROCESO DE NULIDAD ?
El Código de Derecho canónico prevé que el proceso en el tribunal de primera instancia no dure más de un año ni más de seis meses en el de segunda instancia. Se puede hablar de una duración aproximada de dos años.
¿ LA SENTENCIA DE NULIDAD CANÓNICA TIENE VALOR CIVIL ?
Para que una sentencia de nulidad canónica pueda tener efectos civiles hay que seguir un proceso sencillo ante el Juzgado de Primera Instancia competente.
¿ CUÁNTO CUESTA TRAMITAR UNA NULIDAD ?
Los Tribunales eclesiásticos cobran unas tasas y el importe aproximado es de unos 600 euros, aunque varía también de un tribunal a otro.
El Abogado y el Procurador también perciben unos honorarios por los servicios que prestan y que deben ser incrementados por el IVA. Los colegios de Abogados tienen unas normas orientadoras en materia de honorarios para determinar la cuantía de los mismos. También existe la posibilidad de pactar con el cliente dicha cantidad.
Para más información ajustada al caso en cuestión le recomiendo que vaya a un abogado especialista en derecho canónico.
No obstante, si alguna persona no puede pagar esta cantidad porque no tiene ingresos superiores al doble del salario mínimo interprofesional ni bienes propios, o, aunque teniéndolos, demuestre que concurran en ella otras circunstancias que le impiden afrontar esas costas puede pedir el beneficio de gratuito patrocinio, denominación canónica de la justicia gratuita, de tal modo que, una vez concedido este beneficio, no ha de pagar absolutamente nada por el proceso, ni tasas ni honorarios de profesionales.
Gracias goz por la excelente exposicion
Quizas solo apuntar la pecuridad que en al proceso acude el llamado "defensor del vinculo" que busca las razones contrarias a su disolucion.
Asi mismo para su ratificacion civil la causa de la nulidad debe estar contemplada como tal en en la legislacion civil.
Y los efectos de una nulidad no son los mismos de un divorcio por mas que sean concomitantes en muchos aspectos
Un saludo
Puede solicitar que se le nombre abogado y procurador del elenco, una lista de justicia gratuita que tiene la diócesis. Infórmese ahi. Sin embargo, le reducen una cantidad pero no es completamente gratuita. También puede no comparecer en el procedimiento si le da lo mismo el resultado. Que pida la nulidad no implica que se la den, y tampoco que pueda volver a casarse por la iglesia puesto que la sentencia puede contener un veto para un próximo matrimonio.
El dinero y las amistades jugarán un importante papel, dirimiendose cuestiones muy, muy íntimas que no se admitirían en un procedimiento de familia en la via civil.
Suerte.
El procedimiento además se sigue ante dos instancias pues ha de haber otro sentencia más que ratifique la primera, caso contrario, se deniega, por tanto, los gastos se duplican porque son dos procedimiento diferentes, y habrá que pagar los peritos también.