Hace un tiempo, nuestro casero nos pidio un favor, y es que renunciaramos al derecho de tanteo sobre el local que le tenemos arrendado, ya que lo iba a "vender" a sus hijos por un precio muy bajo.
Nos cito a todos en el Notario para realizar este acto, a nosotros para renunciar al derecho y a sus hijos en calidad de compradores.
He leido que el inquilino solo puede renunciar a este derecho si su contrato de alquiler es de mas de 5 años, caso que no es el nuestro.