asi a bote pronto yo diria que si siempre y cuando se hayan pronunciado las instancias europeas en cuanto a la adhesion y lo podran hacer segun RD 178/2003 de 14 de febrero.
y si cumplen con los requisitos de esta nueva regularizacion tampoco veo objecion alguna , salvo mejor criterio. saludos.
Los ciudadanos de estados recientemente adheridos a la union europea pueden a cogerse al regimen de ciudadanos comunitarios y solicitar la targeta en regimen comunitario? o por el contrario pueden acogerse a esta regularizacion exrtaordinaria para legalizar su situacion en españa?