Hola: Quería preguntaros si, ante lo que parece inminente NUEVO CONTRATO que se va aprobar, puede ser aplicable en caso de despido, ya con la nueva cuantía de los "supuestos 33 días/año" en vez de los 45 anteriores para contratos antiguos. Sería de aplicación la IRRETROACTIVIDAD DE LAS LEYES?. Muchas gracias.