Muchisimas gracias, Pablo. Te agradezco enormemente la explicación. Si decido proteger el software: ¿cuales son los pasos a cubrir?, ¿que coste aproximado puede tener?. Recibe un cordial saludo.
la protección del software tendría que ser cosa tuya y realizarse ante los registros de propiedad intelectual, nosotros podríamos ayudarte con los trámites, la empresa OBVIAMENTE se negará a que tú figures como autor del software que ella va a comercializar, así que debería ser asunto tuyo y por tu propia iniciativa si quieresque como registro quede acreditada tu autoría desde una fecha,
un abrazo
PABLO CASTELLS
93 418 94 33
especialista en propiedad intelectual e industrial
WWW.ASESORIAJURIDICADELASARTES.COM
Muchas gracias por la pronta respuesta. La pregunta que me surje es la siguiente: ¿como puedo proteger el nuevo software?, puedo hacerlo individualmente, o tengo que hacerl.o con mi nueva compañia? Muchas gracias por adelantado.
hay que tener claro que si estás a nómina la propiedad intelectual de ese software es de la empresa y no tuya. Si eres autónomo y en el contrato de prestación de servicios que firmaste con la empresa no contemplaba la cesión, ese software es tuyo.
Respecto a la similitud del software que vayas a desarrollar en la proxima empresa sería ya decisión de un juez, entraría ya un informe pericial que acreditase el plagio. Lo mejor que puedes hacer es proteger el nuevo software.
un saludo,
cualquier cosa ya sabes, espero haberte ayudado
PABLO CASTELLS
93 418 94 33
especialista en propiedad intelectual e industrial
WWW.ASESORIAJURIDICADELASARTES.COM
He diseñado un software en una compañía. Próximamente me voy a ir a otra empresa para realizar un trabajo similar.
Seguramente desarrollare un software similar y no quiero entrar en conflicto. ¿Con que debo de tener cuidado?, ¿cuales son los criterios que se siguen para diferenciar o no un software?. Las funcionalidades son similares ( todo esta inventado), de hecho en el mercado existen softwares parecidos.