Si efectivamente le rescinden el contrato para volver a alquilarle el piso a una renta de mercado, es legal.
La parte positiva es que un nuevo contrato firmado con persona jurídica hoy tendrá derecho a siete años de prórrogas legales, y un índice de revisión de la renta más bajo que el actual IPC.
Habria que leer el contrato para estar totalmente seguros de la respuesta, pero en principio lo que nos dice es perfectamente legal.
Pueden subirle libremente salvo que la vivienda se encuentre en una vivienda tensionada, lo que no creo que sea el caso.
En resumen: lo que pretende el casero es perfectamente legal.
Una amiga arrendó un piso como inquilina con RENTUR y tras 14 años sin ningún problema, ahora le han enviado las condiciones para la firma de un nuevo contrato de alquiler del mismo piso en el que vive. Me parece muy extraño y solo se me ocurre que pueda deberse a:
1. Originariamente firmó un contrato por 14 años (o ha ido prorrogándose año a año hasta alcanzar el máximo legal permitido)
2. En vez de renovársele, como en años anteriores que sería lo lógico, se le rescinden para hacer uno nuevo y fijar la renta libremente.
¿qué opináis? ¿Esta práctica se puede hacer?