El 15 de Junio vence la renovación tácita de mi contrato de alquiler. El casero me ha enviado un nuevo contrato para firmar, pero leyéndolo veo que no está adaptado a la nueva ley. Por ejemplo la duración la estipula en 3 años. ¿Que consecuencias puede tener que firme este contrato según la ley antigua? Si no aceptase firmarlo y el casero no estuviese de acuerdo, me debería comunicar la no renovación del mismo 1 mes antes del vencimiento del actual. ¿Correcto?
El derecho a la prórroga de cinco años es irrenunciable: aunque firme por tres, podrá permanecer cinco.
El resto del contrato será válido pero esa cláusula en concreto no podrá aplicarse.
Si su contrato actual está en período de tácita reconducción (por favor señale la fecha de firma), el casero puede notificarle su voluntad de no renovarlo incluso tras quince días del vencimiento (art. 1566 CC)