Hola, tengo realizar un contrato de alquiler para una vivienda en una zona tensionada de Cataluña, esta vivienda a estado alquilada los ultimos 9 años. Tengo una serie de dudas:
-Dado que es una zona tesionada, la cuota del contrato de alquiler no puede ser superior a la última renta recibida, pero, ¿puedo aplicar la subida del 3% del ipc correspondiente al 2024, si la revision del contrato actual si todavia no ha sido aplicado este 2024?
-La vivienda la quiero alquilar con una plaza de garaje como accessorio (no esta en la misma finca): ¿puedo añadir un incremento en la cuota del alquilier de por ejemplo 50€? si es así ¿hay que desglosarlo en el contrato y especificar la cuota destinada al garaje y la cuota destinada a la vivienda?0 ¿no es necesario?
No me queda muy claro con la nueva ley de vivienda en Cataluña.
Espero que alguine me ayude, gracias de antemano.
En mi interpretación de una normativa aún reciente:
Sí, puede aplicar el porcentaje del 3 % correspondiente a 2024 al alquiler anteriormente cobrado.
Si, puede usted cobrar por esa plaza prácticamente lo que quiera, siempre que lo desglose por separado del precio de la vivienda y de que no supere el índice máximo:
La calculadora incluye la posibilidad de añadir un garaje; otra opción podría ser alquilar ambas cosas por separado, si bien ello supone que las rentas percibidas por el garaje tienen un tratamiento fiscal peor.
Puede usar esta calculadora del gobierno central también (en español en el enlace):
https://serpavi.mivau.gob.es/
Como puede ver, hay una pestaña específica para cochera, y otras para ascensor, conserje, vistas, piscina... peor a su consulta solamente le afecta el ascensor:
Datos de la vivienda
Superficie construida*
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100 m
Certificado energético*
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Año de construcción*
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Estado de conservación*
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Altura*
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Zonas comunitarias de uso compartido, como jardín, azotea o salas comunes
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Paseo de Gracia, 24 B, 1º A Barcelona (Barcelona)
Zona tensionada
No se han encontrado inmuebles de tipo residencial en la parcela indicada
Desde
1.047,33 €
al mes
Hasta
1.792,40 €
al mes
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En el ejemplo, la variación de tener cochera es de 1696 € a 1792 €: en esa calle se valora el estacionamiento en casi cien euros.
Sí, ya había mirado la calculadora del gobierno, pero en la localidad donde voy a alquilar la vivienda, añadir el garaje sólo sube unos 20€ la cuota, cuando en la zona están alquilando los garajes de 65€ para arriba.
Quería incluirlo en el contrato de alquiler, porque al alquilarlo como accesorio está exento de iva.
La última cuota que me pagaron por el alquiler es casi igual al índice de referencia del gobierno(sí aplico el 3% de subida la supera), como no soy un gran tenedor, en teoría puedo alquilarlo por la misma cuota que recibo actualmente, pero al poner el parking esta sobrepasa el límite y de ahí mi duda, ¿si es legal? ¿o no? ¿o si en este caso es mejor hacer un contrato de parking aparte?
Gracias
En su caso yo le aconsejo hacer un contrato separado para el estacionamiento: en principio y sin hace rlos cálculos al céntimo es mejor cobrar 65 € y pagar el IRPF correspondiente -según le salga a usted el IRPF- y recaudar el IVA (ya se podrá deducir algo con las facturas de conservación) que cobrar 20 € con derecho a deducciones.