En primer lugar indicarte que los SOCIOS NO deben darse de alta como autónomos, sino el administrador/administradrores. El cargo de administrador, en principio es gratuito. En caso de queso se desee así debe establecerse de forma expresa en la escritura así como la fórmula para cuantificar tal remuneración.
Con esta respuesta esperamos haberte ayudado. No obstante si tienes cualquier consulta ponte en contacto con nosotros y te ayudaremos:
Dos socios y yo, vamos a crear una SL para un negocio que vamos a montar.
Sobre constituir la SL en general no tengo dudas importantes, pero hay una cosa que no sé bien como afrontar.
Los socios he visto que se tienen que dar de alta como autónomos, ¿eso quiere decir que de cara a las cuentas de la empresa, los socios facturan a la SL o tiene que haber un contrato de por medio?
Y por otra parte, los tres vamos a empezar a trabajar en varios temas, la empresa va a tener ciertos ingresos, pero durante unos meses, no tenemos previsto cobrar un salario como tal ¿cómo se materializa eso? es decir, ¿simplemente el socio-autónomo no factura?
Agradezco de antemano la ayuda, necesito algo de luz en la figura legal de los socios, etc.