Por las rentas devengadas en 2015 la retención a aplicar será del 19% en vez del 21%, quedando el tipo de gravamen del IVA sin cambios.
Esto quiere decir que si usted como arrendador cobra 1000€ mensuales de base imponible por el local, deberá de añadir la cifra de 210€ por el IVA, y solicitar la retención de 190€.
Tengo un local comercial arrendado y por el cual me retienen 21% de IRPF y se le aplica otro 21% de IVA. quisiera saber si a partir del 2015 la nueva reforma fiscal mantiene los mismos tipos o hay algun cambio? y si lo hay, cuanto es para el IRPF y el IVA, gracias.