Sï, la custodia ha sido compartida desde el principio. Creo que son varias cosas y que no he sabido explicar. En el momento en que a la madre le quitaron su pensión compensatoria por vivir con su novio como venganza dejó de mandarme la ropa del niño a pesar de seguir cobrando todos los meses 460€ como pensión de alimentos.
Mi abogado me dijo que el niño tenía que venir con todo lo necesario para los días que estuviera conmigo porque la ropa se había tenido en cuenta en la pensión de alimentos. Se lo pedí de todas las maneras posibles y ella ni caso. Y no se lo pedía por fastidiar sino porque a mí no me sobra el dinero y hay ocasiones que tengo que pedir ayuda para llegar a fin de mes.
Ahora me dice que no me manda ropa porque con 50€ no le llega, pero ¿cuándo cobraba 460€ tampoco? Lo que sí ha pagado ella hasta ahora son los libros del colegio. ¿Esto tiene que seguir así o también me va a decir ahora que cobra 50€ le tengo que pagar la mitad? Cuando le sobraba a mí nadie me decía que sobraba ni me devolvía el dinero que sobraba. Si os fijáis en la sentencia dice que solo cambia la cantidad a pagar y que el resto sigue igual.
¿Hasta cuándo tengo que seguir pagando a la madre?
A ver, dices que ya estabais en custodia compartida, antes de la modificación. Entiendo entonces que ya tendríais cada uno vuestra ropa del menor. La pensión que le pagabas era para asumir de forma proporcional los gastos del menor, dada la desproporción de ingresos entre ambos (pues no sería justo que se asuma por igual cuando uno cobra más que otro), y eso es lo que se ha reducido ahora al tener ella más ingresos. Pero no entiendo en qué debería afectar eso a la ropa y demás que ya tuviera cada uno, y que haya comprado con sus ingresos propios o mediante la compensación para gastos ordinarios del menor.
Si hubiera habido un cambio de monoparental a compartida sí entendería tu cuestión, pero no si no ha cambiado el régimen de custodia.
Esto es lo que decía la sentencia:
Cada progenitor contribuirá a las cargas del matrimonio de la siguiente manera: mediante el pago por parte del padre de 460€ mensuales a la madre actualizables anualmente de forma automática según el IPC; mediante la atención que cada uno dedique al hijo común sujeto a la patria potestad; mediante el abono de la mitad de los gastos extraordinarios del hijo menor.
Y eso es lo que dice la sentencia de la modificación de medidas:
Fallo: se fija la cantidad que el padre tiene que pagar a la madre mensualmente en 50€ manteniéndose el resto de los pronunciamientos.
¿Y hasta cuándo tengo que seguir pagando A LA MADRE? ¿Qué otras obligaciones tiene?
Que dice la sentencia de como se abonan los gastos del niño? Se modifica algo en esta nueva sentencia de modificación de medidas? Habrá que estar a lo que diga la sentencia.
Quizá su caso no es así, pero normalmente cuando ponen una pensión de alimentos en custodia compartida, aunque sea de 50 €, es para compensar el desequilibrio económico que en su caso por la cuantía debe ser poco.
A partir de ahí, normalmente se establece como se abonarán los gastos del niño, pero si, normalmente en custodia compartida cada padre se encarga de las cosas del niño cuando está con el (ropa, comida, higiene, ocio, etc.) y los gastos como el colegio, mutua médica, extraescolares consensuadas... se abona en función de lo que establezca la sentencia... puede haber una cuenta común donde domiciliar los gastos y allí se contribuya en la proporción que corresponda a cada uno .
Insisto una vez más, en el juicio de demostró que la madre tiene unas nóminas SIMILARES a las mías y también que hacía otros trabajos que no declaraba pero eso lo han pasado por encima. Parece que yo, como padre, solo tengo obligación de pagar y la madre solo de cobrar. Ahora me decís que con 50€ no me tiene que dar nada para el niño, ¿y todos los años que ha cobrado 460€ al mes también era poco? O sea, que los padres tenemos que subvencionar la vida de los hijos cuando están con las madres. Igual os pensáis que a mi me sobra el dinero, pero os puedo asegurar que no. La estrategia que siguió mi ex para pedir una pensión de alimentos fue dejar de trabajar y así cuando llegó el juicio estaba apuntada en el paro y no tenía ningún ingreso.
Ahora me decís que 50€ no dan para nada, pues que me los quiten ¿no? Porque cuando pagaba 460€ a mi tampoco me daba NADA del niño y yo lo he estado pagando por duplicado muchos años.
¿Tengo algún derecho además de la obligación de pagar a mi ex?
Por que los ingresos de la madre serán menores que alos de usted, por eso paga algo de pensión. Con ello el juez pretende que su hijo no note diferencia cuando está con cada uno de ustedes sus padres. Desde luego ese dinero no es para que la madre le de a usted todo lo que necesita el niño cuando está con usted, primero por que para eso mejor no recibir nada ya que es mucho más molesto andar dandole a usted de todo y segundo por que le saldrìa a usted muy económico tener a su hijo, ade.ás de cómodo.
La madre de su hijo no tiene obligación de darle ropa, productos de higiene ni alimentos para su hijo cuando est con usted, es usted quien debe mantenerlo a todos los efectos.
Custodia compartida quiere decir todo a medias , excepto comida y cosas de aseo que lo tendrá cada uno en su casa . Y si no compartís a ropa cada uno la suya ..
Salió la sentencia de la modificación de medidas donde pedía la extinción de la pensión de alimentos. A pesar de que la custodia es compartida y quedó demostrado que la madre tiene unos ingresos como los míos me han dejado una pensión de alimentos de 50€/mes. No me quejo, la pensión que tenía que pagar era de 460€/mes en custodia compartida porque la madre justo antes de pedir el divorcio se apuntó al paro.
Mi duda es la siguiente: ¿tiene que mandar la madre las cosas del niño? Hasta ahora la madre cobraba todos los meses 460€ y el niño venía con lo puesto, NUNCA me mandó nada. Ahora, por supuesto el niño sigue viviendo igual y cuando le he dicho que me tiene mandar las cosas del niño me dice que por 50€ no me va a mandar nada y que vaya pensando en pagar todos los gastos ordinarios del niño a medias porque 50€ no dan para nada.
¿Me podéis decir qué debo hacer? Parece ser que mi única obligación es pagar, pero la madre no tiene ninguna.