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¿nueva pareja en mi casa?

6 Comentarios
 
¿nueva pareja en mi casa?
29/12/2023 12:23
Hola, recientemente me he divorciado y nos quedaremos con la vivienda en años alternos hasta que se venda.
Quería saber si quien esté en la vivienda puede estar en ella con su nueva pareja o eso no esta permitido.

Gracias
29/12/2023 13:42
Hola. No creo que haya ley alguna que obligue a alguien a vivir sin pareja.
Podrían su expareja y usted poner normas sobre asuntos concretos como limpieza cuando vaya a entrar el otro, dejar pagados los suministros, etc incluso si coinciden en que no pueden convivir con nadie mientras utilicen la viví pues así deberán hacerlo, pero si no hay acuerdo y alguno quiere convivir con su nueva pareja no hay ley que lo prohíba. Cada uno en su casa hace lo que quiere y deja entrar a quien quiere. Otra cosa será dejar que se empadrone o dejarlo como okupa cuando se termine su año de uso, ahí sería usted el que tendría un gran problema ya que la otra parte podría pedir daños y perjuicios.
29/12/2023 13:46
Le comento lo de dejar como okupa a la pareja porque no sería la primera vez que en caso de enfado se quisiera aprovechar quedándose a vivir en su casa. Usted está obligado a alternar cada año con su ex pero la persona a la entre con usted no.
29/12/2023 14:24
Este primer año, me quedo yo con la vivienda, yo no tengo nueva pareja.
Pero el ya está conviviendo con su nueva pareja y mis hijos en otra vivienda, (mis hijos convivien con el en semanas alternas).
Le he dicho a mi abogado que no quisiera que cuando se cumpla el año vinieran a vivir aquí, me parece grotesco que esa persona viva en mi casa.
Según me ha dicho el abogado, el no puede traer a su nueva pareja a vivir aquí.
En el convenio, pone lo siguiente: "se adjudica la vivienda a ambos progenitores en uso exclusivo por periodos anuales hasta que se proceda a su venta"
Me podéis decir si mi abogado está en lo cierto?

Gracias
29/12/2023 18:32
Hombre si lo dice tu abogado deberías creerlo, además el convenio dice en uso exclusivo. De todas formas si quiere hacerlo, lo hará. Tendrás que recurrir a la justicia y nunca se sabe lo que puede dictar el juez o jueza.
Yo no me tormentaria pensando en algo que quizás no suceda, además piensa que la casa el año que le toca el es exclusivamente suya al igual que tú año es exclusivo para ti. Quizás sea en este último sentido por el que se puso uso exclusivo y no para que tenga que vivir en solo a persona que tiene el uso.
Por mucho que a ti te pueda parecer grotesco a él puede que no y en su año es su casa y el decide, piensa que de esta manera tú también podrás convivir con tu nueva pareja cuando tengas.
Las cosas no son como uno solo las ve.
Si ya viven juntos no creo que le diga el próximo año que se vaya a vivir sola por que tiene que vivir en su casa solo, la verdad es que sería absurdo.
Suerte y a llevarlo bien.
30/12/2023 16:41
Ummm, tal como lo estás contando, en mi opinión, tu abogado se equivoca.

Entiendo que "en uso exclusivo", hace referencia a que cada copropietario usará la vivienda el año que le corresponda, pero no a que tenga que vivir solo... eso llevaria al absurdo de que ni siquiera los hijos podrían vivir alli.

Además, según transcribes, en el convenio se ha especificado que se adjudica a los progenitores. Otros convenios se redactan como que se adjudica a los menores, y al progenitor que los tenga bajo su guarda y custodia. En este ultimo caso en que la adjudicación de la vivienda se hace a los menores, podria resultar mas controvertido que entrase la pareja de uno de los progenitores. Pero en tu caso, tal como esta redactado... personalmente no veo ningún inconveniente a que el año que os toque, cada uno lleve a quien quiera, nueva pareja, padre, madre, algún hermano...

No es "tu" casa. Es "vuestra" casa, ese es el tema...
03/01/2024 08:57
Estoy de acuerdo con los compañeros.
Hay ciertas limitaciones en la ocupación de la vivienda por una nueva pareja cuando se otorga el uso exclusivo a un progenitor en detrimento del otro (la vivienda familiar se otorga a los menores y con estos al custodio exclusivo), o cuando se otorga a la parte más vulnerable, cuando con ello se priva a un copropietario de poder usar su propiedad en igualdad de condiciones. Es decir, si te dan la vivienda porque tienes la custodia o porque ya eres mayor y sin recursos, no puedes meter a vivir ahí a tu nueva pareja y que le pague a este la vivienda el ex. Pero aquí hay atribución alterna del tiempo de la copropiedad, y cada uno puede disfrutar de ella como propietario repartiéndose temporalmente la cuota de propiedad, luego no veo motivo por el que no puedas como propietario hacer uso de tu propiedad y meter (durante el tiempo que tienes asignado) a quien quieras ahí, porque es tuya. Ya se está repartiendo el uso, y estás usándola como mejor te plazca, no estás privando ya de nada al otro, que podrá hacer lo mismo cuando la disfrute él.