La Disposición Transitoria Primera apartado 3. dice que el supuesto de responsabilidad a que se refiere el párrafo f) del apartado 1 del artículo 43 no se aplicará a obras o prestaciones de servicios contratadas y cuya ejecución o prestación se haya iniciado antes de la entrada en vigor de esta ley.
Mi duda es: ¿Que ocurre con contratos de prestación de servicios renovables anualmente? Si hay un contrato firmado con anterioridad al 1 de julio, pero se va a renovar a su vencimiento, ¿se entiende que está afectado o no?