Buenos días ,
Ante todo muchas gracias y pido disculpas porque no sé si este apartado es el correcto para esta pregunta .
Actualmente me han hablado de una normativa , que obliga a bancos a cobrar un maximo de interés por cancelación total de hipoteca variable , creo que es 0,5 en los 3 primeros años y después 0,25 . Esto es cierto? Podrían indicarme en qué normativa se regula ? Mi banco se niega , quiere cóbrame 1% ya que está en el contrato de hace 12 años .gracias