Hola, alguien podría decirme si con la reforma de la ley de Tráfico que entró en vigor el 25 de mayo de 2010, en especial el capítulo III del título V:
Trafico ya no está obligado a notificarme una denuncia grave (200€ y 4 ptos) en mi domicilio, ni a publicarlo en el boe ni en el testra si "SUPUESTAMENTE" los agentes me entregaron la denuncia en el momento de los hechos....
es decir, la ley 30/1992 no vale pa ná en este caso..
por lo que pasaría directamente a vía ejecutiva transcurrido el plazo y bla, bla, bla..