soy una C.B que trabajo suministrando varios articulos a los ayuntamientos y ahora me dicen que para continuar tengo que ser una S.L que siendo una C.B no les puedo facturar
gracias
La verdad es que una Comunidad de Bienes no tiene capacidad de obrar ni de contratar, se regula por normas civiles. La sociedad limitada, o cualquier otro tipo societario, tiene como fin el tráfico jurídico-mercantil y por tanto es un instrumento más adecuado para contratar con una Administración pública.
Asunto: Propuesta de indemnización
Apreciado/da Asegurado/da,
Le informamos que como consecuencia del siniestro sucedido el 11/04/2018 y registrado bajo la referencia ......... nuestra propuesta de indemnización de su perjuicio se establece de la manera siguiente:
Valoración de sus daños En euros
Daños agua contenido, trastero, en la póliza la cantidad asegurada 4.000 €-
- valor real 7.391
Infraseguro contenido -87,14 % -6.440,52
Es decir, una indemnización de 950,48 €
Nos complace remitirle un recibo por un importe de 950,48 € que le agradecemos nos devuelva tras haberlo rellenado y firmado debidamente adjuntando fotocopia de su DNI y los datos bancarios para proceder al pago por transferencia.
Como siempre, quedamos a su disposición para facilitarle cualquier información adicional que precise.
Me gustaría saber si realmente, -esto es así o si puedo reclamar,
Muchas Gracias.