Hola de nuevo, pues tendrías derecho a cobrar por los tres años acumulados cotizados al r. general. No importa que durante 2 años hayas estado a la vez en autónomos, lo importante es que en el momento de estar en situación legal de desempleo solamente estás en r. general. Saludos. De nada.
Muchas gracias, un ejemplo si estoy autónomo y cuenta ajena 3años y al tercer año cierro la empresa y sigo en la otra un año más tengo derecho por él paro acumulado en ese año sólamente? Saludos y gracias otra vez
Hola. Se puede estar a la vez de alta en el régimen de autónomos y en el r. general como trabajador por cuenta ajena. La única pega es que si perdieras el trabajo por cuenta ajena lógicamente al estar de alta tb como autónomo no tendrías derecho a cobrar la prestación x desempleo. Obligación de comunicarlo a la empresa nueva no hay. saludos.
Hola me gustaría saber en el caso que yo forme una sociedad limitada con otro socio y por ello nos tengamos que hacer autonomos, si dentro de un año me ofrecen un trabajo por cuenta ajena y lo quiero tambien hay algun problema? debo comunicarselo a la nueva empresa? saludos y gracias