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Nueva baja por enfermedad común

1 Comentarios
 
Nueva baja por enfermedad común
25/06/2024 10:52
Hola, escribí hace unas semanas para orientarme un poco, he estado 6 meses de baja, al cual solo me han sacado dos discopatias con protusion, la inspección médica me dio de alta, ya que la mutua mando la propuesta de alta, y me mandaron a mí suerte al trabajo, sin estar recuperada, ya que sigo sin poder andar. Hoy he vuelto otra vez al médico, me dice que yo no puedo trabaja en estas condiciones, y que debo de estar de baja. En mi trabajo, no les ha gustado que yo este de baja tanto tiempo, pero ahora menos que vuelva estar de baja. ¿Me podrían despedir por baja continuada? ¿Y si me despiden de que trabajaría? Porque no me dan soluciones ninguna a lo que tengo, solo medicamentos. Y me da miedo a que pierda todo porque no pueda trabajar en nada, y no tenga medios económicos para sobrevivir con tan solo 26 años. ¿Alguien me puede ayudar?
25/06/2024 11:17
almu12k
Buenos días,

La empresa puede despedir a un trabajador por faltas de asistencia, aunque estén justificadas, si éstas alcanzan ciertos umbrales. Según el artículo 52.d del Estatuto de los Trabajadores, es procedente el despido objetivo por causas económicas, técnicas, organizativas o de producción cuando, durante un periodo de dos meses consecutivos, el trabajador falte al trabajo un 20% de las jornadas hábiles y siempre que el total de faltas de asistencia en los doce meses anteriores alcance el 5% de las jornadas hábiles, o un 25% en cuatro meses discontinuos dentro de un periodo de doce meses.

Si su baja médica está relacionada con una situación de discapacidad, podría contar con una protección especial. La legislación y jurisprudencia establecen que el despido de un trabajador en situación de discapacidad puede ser considerado nulo si no se justifica adecuadamente y se demuestra discriminación.

En caso de despido, usted tendría derecho a solicitar las prestaciones por desempleo, siempre que cumpla con los requisitos de cotización establecidos. Luego, dependiendo de la gravedad de su condición, podría considerar solicitar una incapacidad permanente. La Seguridad Social ofrece diferentes grados de incapacidad permanente (parcial, total, absoluta y gran invalidez), que podrían proporcionarle una pensión en caso de no poder trabajar.

Por otro lado, puede solicitar una nueva revisión médica ante el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) para reconsiderar su situación de alta médica. Es importante contar con informes médicos actualizados que respalden su incapacidad para trabajar.

(CONTENIDO PARCIALMENTE ELIMINADO POR INCUMPLIMIENTO DE LAS NORMAS DEL FORO)