hola Antonio Bernardo.
Según pude saber por el empleado del Registro de la Propiedad, el administrador presentó una denuncia hecha en la Guardia civil, por lo visto dicho libro fue extraviado junto con otra documentación cuando pasaron de mano, es decir, cuando el anterior administrador (un propietario ladrón) no le entregó toda la documentación sobre la comunidad, entre esa documentación estaba el libro de actas (eso es lo que ha denunciado)
Obviamente no lo ha perdido, simplemente no existió, pero claro eso no lo puede decir en el Registro, no le sellarían el nuevo.
Es más fácil decir que lo han perdido, y así de un solo golpe elimina todo rastro sobre las cuentas, acuerdos etc... aprobados en juntas anteriores.
Por suerte yo guardo todas las actas, al menos desde que tengo la casa (5 años) con lo cual puedo demostrar todos los acuerdos y demás y ...sobre todo que antes eran asociación, aunque funcionara como comunidad (todo esto ya está e conocimiento del Registro P)
He de decir que esta es la comunidad sin ley y sobran los sinverguenzas.
Cierto que no son necsarios o imprescindible los Estatutos, pero ellos han presentado unos, pero no sé el contenido, seguramente habrán puesto lo que han querido y si consiguen que el registro los apruebe... entonces estaremos perdidos la minoria (que sé queremos pagar por coeficientes) seguramente habrán dicho que por unanimidad se aprueba pagar a partes iguales las cuotas.
Ustedes NUNCA han sido asociación. Cabe la posibilidad de que algunos vecinos, o quizá todos, hubieran constituido asimismo una asociación, pero ésta por si misma, no regulaba los designios de la Comunidad, al menos desde un punto de vista legal.
Ustedes son Comunidad de Propietarios desde el mismo momento en que se otorgó la escritura de obra nueva y división horizontal.
Pero es que además, en el supuesto de que no hubiera sido constituida formalmente la Comunidad de Propietarios, el tratamiento jurídico que les hubiera correspondido hubiera sido el de una Comunidad de Bienes.
"Amigo Dik, te entendí a la primera, pero escogí lo que más me interesaba. "
Si claro...no es la primera vez que no pillas una cosa y despues buscas excusas, pero como ves, hay otr@ person@ que tampoco pilla las cosas.
Hola de nuevo DickTurpin,
La asociación sí existe como tal, tengo el certificado del Registro de asociaciones en el que indica entre otros datos la fecha de constitución y desde luego a dia de hoy sigue vigente.
Otra cosa es que no se rigiera por el estatuto de esta asociación, que también existe.
Por otra parte decirle que no tenemos escritura de obra nueva, ni división horizontal, al menos en el registro de la propiedad, no figura.
En mis escrituras tampoco figura que pertenezca a ninguna comunidad de propietarios llamada xxx.
Son casas, chalets, en su día el constructor no hizo la división horizontal de la urbanización con los respectivos coeficientes que corresponderia a cada propietario.
En los estatutos de la asociación sí figura que se pague los gastos en proporción al coeficiente de participación, y que debería haber una lista con todos los propietarios y coeficientes, sin embargo, esta lista nunca se adjuntó a dichos estatutos.
Tiene usted razón, es mejor que explique todo esto a un abogado, pero he decidido mover ficha después de la junta gral. que se celebrará en un mes y medio.
Muchas gracias por todo.
Un saludo.
Efectivamente, el art. 415 del Reglamento Hipotecario dice (entre otras cosas) que cuando se pierde, roba o extravia un libro de actas, ha de convocarse junta para dar conocimiento a los demás propietarios de esta incidencia, después se procede a la denuncia y se lleva al Registro de la Propiedad para que le sellen un nuevo libro y anulen la posibilidad de poder inscribir otros asientos en el "que se ha perdido o ...." en el supuesto de que apareciera.
Estos señores eso se lo han saltado, es decir no han comunicado nada de nada a nadie, han presentado además unos estatutos que no están aprobados por unanimidad, y un escrito firmado por el presidente en el que dice que todos estamos al corriente de esta pérdida del libro de actas, cosa incierta.
Si hubo libro, les aseguro que jamás fue diligenciado por el Reg. de la Propiedad. En el Reg. con estos pasos, dieron a entender que antes hubo libro, y unos estatutos ya aprobados hace años, cosa incierta porque no van acompañados de una lista de propietarios con sus respectivos coeficientes (no creo que el Registrador diera via libre a unos Estatutos sin lista de coeficientes) que es el tema principal de todo esto (ellos quieren que sigamos como estamos, seguir pagando a partes iguales y yo ME NIEGO)
Un saludo.
Por cierto Dick, no estoy de acuerdo en que el administrador actuara correctamente (clamamente y públicamente ha dicho que es mejor dejar las cosas como están) él es empleado y no debe tomar partido en esto y menos porque se lo diga el presidente que tiene una casa inmensa y según el catastro su parcela tiene 255 m2 cuando a golpe de vista se ve que tiene mucho mas de 400 m2. con esto lo digo todo.
Isolda: veo que la guerra no cesa. Si dispone de una relación de IBIS, de todas y cada una de las propiedades, podrían deducirse los coeficientes de propiedad por comparación relativa de valores sumando el total y asignado un porcentaje a cada propiedad. Los IBIS, aún con valor bajo el mercado ,tienen interés porque las valoraciones relativas ( por ej. un IBI con el colindante) responden a una realidad, ya que los criterios de asignación, técnicamente seguidos, son los mismos en cada polígono. Saludos
1º. El Administrador de Fincas NO es un empleado vuestro. Es un profsional al servicio de la Comunidad, que es muy diferente.
2º. Como profesional que es se encarga de administrar los elementos comunes de los bienes inmuebles urbanos y rústicos propiedad de terceros, en base a las normas legales y sin más limitaciones que las que le imponen los titulares de los bienes.
Es evidente que su imagen es poco valorada en este foro por algunos que seguramente piensan que lo harían mejor, pero sus funciones son importantes porque se convierte en gestor, gerente, asesor, mediador, secretario, economista y representante inmobiliario.
El administrador de fincas debe gestionar el patrimonio delegado en él con criterios profesionales, elaborando el presupuesto anual y determinando las cuotas que paga cada vecino.
Además, gestiona los cobros de los recibos relativos a la comunidad en forma de derramas, ya sea por servicios habituales o por obras o reparaciones extraordinarias. En este caso, él será quien vele porque se cumplan los trabajos, al igual que controlará directamente al personal contratado para el mantenimiento ordinario del inmueble (conserjes, jardineros, personal de limpieza...) y confeccionará los contratos, nóminas y seguros sociales, además de presentar las correspondientes declaraciones fiscales por las retenciones que practique.
Además, este profesional tiene que reclamar los recibos impagados, para que las cuentas de la comunidad (que él mismo dirige mediante balances periódicos) no se resientan.
En su labor de salvaguardar esos intereses también debe evitar que se produzca la depreciación del valor de las viviendas por culpa de anomalías del edificio, así como elaborar presupuestos con el fin de lograr la mejor oferta en relación calidad- precio en el mantenimiento del inmueble.
Es el encargado de convocar las juntas de propietarios, en las que trata de resolver tanto los pequeños como los grandes problemas de forma rápida y eficaz y mediar entre propietarios, inquilinos y administraciones.
En definitiva, recomienda, aconseja, sugiere y ASESORA desde un punto de vista profesional QUE NO ES SINÓNIMO DE TOMAR PARTIDO.
Como a usted no le cuadran las cosas POR EVIDENTE DESCONOCIMIENTO (diría yo), su Administrador no es bueno y en vez de consultar a un Abogado, sigue otros caminos.
Yo no digo que su Administrador lo haya hecho bien, sino que cuestiono que realmente lo haya hecho mal y lo mejor para asegurarse es consultar a un profesional competente y para ello hay que tomar cartas antes de la junta que es donde se expone todo y no después.
Vio, como siempre... certera en la respuesta.
Ya empecé por ahí, es decir, a través del catastro virtual saqué finca por finca, después saqué los metros de parcela y de vivienda de cada propietario y con estos datos calculé los coeficientes,(por vivienda, por parcela y por la suma de ambas)
En la junta de enero, los presenté, hice copias para todos, es decir lista de todos los propietarios con sus respectivos coeficientes, bueno pues después de todo, aún así, facilitando todo tipo de trabajo al administrador, éste, convenció a los ya convencidos de que era mejor seguir como estábamos.
A pesar de que prácticamente la mitad pagarian menos de la cuota que se estableciera, pero claro, este señor es un profesional "creible" y yo no.
Gracias Vio por su inestimable ayuda.
un cordial saludo
Queda claro Dick las funciones de un administrador, eso creo que casi todos lo saben.
El problema es cómo actúa el nuestro, mire usted, no es cuestión de que me cuadren o no las cuentas, y de paso es cierto (NO CUADRAN)
El problema que tenemos algunos propietarios, como habrá podido deducir, es que queremos pagar por coeficientes.
En la última junta, yo dejé constancia en el acta de que me oponía al reparto de gastos a partes iguales, bien, pues este señor administrador, ese acta se lo guardó en la manga y presentó el acta del año pasado como última (así no podré impugnar este último) (esto le parece juego limpio????)
Está más que claro que quiere beneficiar a sus amigos (los terratenientes)
y en cuanto a lo de velar por la conservación de la finca... le invito a que venga y la vea, una pena, eso sí las cuotas son desorbitadas y sus honorarios ni le cuento.
Pero gracias por todo.
un saludo.
Dick, es abogado y sabe muy bien el tema de los administradores, eso no me cabe duda alguna, lo que ocurre es que Dick los defiende porque es parte interesada en este negocio (cuestión muy legítima), pero Dick sabe muy bien los problemas que causan los administradores, algunos, muchos, demasiados.
Gracias Fontanero por esta puntualización.
Y... entiendo la postura de Dick, pero el no sabe lo que realmente se cuece en nuestra olla.
Obviamente, no todos los administradores hacen mal su trabajo, pero el nuestro, por decirlo suavemente... ES POCO RECOMENDABLE.
Como le dijimos anteriormente, ha de tomar un abogado decididio que ponga de manifiesto la parte penal de este asunto ( falsedades en documentos, fraudes de Ley, etc.. ) y solicite un administrador judicial y un perito que someta una división horizontal del conjunto, de modo que el Juez dicte una sentencia con pocos visos de apelación.
El recurso del administrador judicial, lo he utilizado con gran éxito varias veces, pues a la vista de los gastos adicionales que conlleva y que tendrán que pagar POR COEFICIENTES, la pandilla de gansteres (virus de muchas comunidades), se echa atrás y acceden a cumplir la Ley en sus términos.
No se rompa la cabeza.... Saludos
Amigo Alfxf7
Que creo que eres tú el que no lo pillas. Que yo "conozco" a Dick desde hace más de cuatro años y se como se las gasta y yo solamente le sigo la guasa, jeje.
"Dick, es abogado y sabe muy bien el tema de los administradores, eso no me cabe duda alguna, lo que ocurre es que Dick los defiende porque es parte interesada en este negocio (cuestión muy legítima), pero Dick sabe muy bien los problemas que causan los administradores, algunos, muchos, demasiados".
Y aunque sepa que los administradores corruptos, se saltan las Leyes, tambien sabe que todo es válido si no se impugna en tiempo y forma, pero si se impugna (en tiempo y forma) el disidente gana seguro, pero como quien pierde es la Comunidad, al secreatario administrador tampoco le preocupa demasiado (el nunca pierde), pese a ver sido él el verdadero culpable, por no haber respetado la Ley de Propiedad Horizontal.
Las afirmaciones las hace Fontanero. Anónimo se limita a copiar y pegar para adicionar su punto de vista.
En mi opinión, hay buenos y malos Administradores, al igual que en otras profesiones los hay mejores y peores e incluso hasta los mejores a veces fallan.
Por otra parte no comparto la opinión que tiene Fontanero de los Administradores de Fincas como colectivo.
Yo soy de la opinión de que en gran parte de las Comunidades, suele ser un grupete de propietarios quienes imponen su voluntad y presionan al Administrador para que se ejecute la misma, so pena de sustituirlo por otro.
Es decir. Pienso que el porcentaje de propietarios con asunción de poderes en una Comunidad carroñeros, piratas, sinvergüenzas, interesados, taimados, chanchulleros, etc, es superior al de los Administradores de esa clase.
Yo creo que son peores los propietarios que los Administradores. Y siempre sostengo lo mismo. La gente la toma con su Administrador, pero olvida que el Administrador no vota y que quienes le están "jodiendo" con sus votos, son el resto de propietarios y te aseguro que normalmente no es el Administrador quien controla esos votos, sino otro propietario (habitualmente Presidente o miembro de la junta directiva - a veces el control de los votos es colectivo y entre unos pocos propietarios se lo guisan y se lo comen de modo que una minoría impone su voluntad a una mayoría que lo permite).
Para finalizar diré que no conozco a nadie del foro.
Efectivamente, como dice Dick, yo solamente copie y pegue …, y no le conozco, personalmente, solo le “conozco” del foro y reconozco que gracias a él yo aprendí mucho y por eso opté por presentar varias demandas de impugnación, SIEMPRE DENTRO DE PLAZO. Y llegué a la conclusión de que los administradores hacen de las suyas, algunos aconsejados por sus abogados, porque ellos saben que por muy mal que lo hagan los “lagartillos” saltándose las Leyes (en muchas ocasiones sacándoles ellos una buena “tajada”, y/o beneficiando a sus amiguetes, en perjuicio de la mayoría de los pobres comuneros que no se enteran de nada), al final, estos (los administradores lagartillos), se saldrán con la suya, dada la ignorancia, dejadez y/o miedo de la mayoría de comuneros que no se atreven a meterse en pleitos por todo lo que esto conlleva. También suele ocurrir que muchos comuneros, después de haber intentado la vía del diálogo, con falsas promesas por parte de su administrador de que ya rectificaría lo mal hecho, finalmente optaran por presentar la demanda de impugnación, con tan mala suerte de que ya, para entonces, estarían fuera de plazo, que eso es lo que pretenden muchos “lagartillos” (El mío lo intentó pero no lo consiguió). Sentencias de esas (“fuera de plazo”) hay a montones, y lo peor es que luego esas sentencia, muchos abogados y administradores las utilizan para engañar y confundir a los comuneros, sobre todo a los disidentes, haciéndoles creer que, por eje.: “Un comunero que impugno la modificación de las cuotas de participación perdió el juicio”, sin apostillar que lo perdió por que impugnó fuera de plazo. En otras ocasiones los pleitos se pierden porque no van bien enfocados, a veces, también, por culpa de los abogados, y a saber a cambio de que. A mi, en alguna ocasión, mi abogado me intentó convencer de que la otra parte tenía razón, no lo consiguió pero le hice algunas advertencias …(por si me la jugaba), finalmente el juez FALLÓ a mi favor (anulando el acuerdo impugnado).