Estoy plenamente de acuerdo con Foxy. Existen municipios costeros que no tienen ordenanzas que regulen el uso de las playas. En estos casos no existe infracción, tanto penal, como administrativa.
La mera conducta del desnudo aisladamente considerada no constituiría por si sola una conducta reprochable penalmente, aún en presencia de menores e incapaces, no obstante, si lo constituiría, si la conducta tiene un fin libidinoso o lascivo.
No es correcta la respuesta, el tema está regulado por los ayuntamiento costeros, cada cual con sus ordenanzas, donde prohiben los desnudos integros en cualquier playa, excepto en aquellos puntos donde se habilite para este fin (que son las que conocemos como playas nudistas) en el resto está prohibido, con lo que podrían multarte.