Una persona que tiene 1/3 de nuda propiedad de una vivienda en Escritura Publica, le puede donar o ceder esa nuda propiedad a un Hijo suyo?, aunque todavía exista el usufructo ya que vive todavía el usufructuario, como hay que hacerlo? tiene repercusiones fiscales? cuales?
Lo puede donar mediante escritura pública ante notario. Tiene consecuencias fiscales, o sea hay que pagar impuestos, I. de Sucesiones y Donaciones y Plusvalía municipal, el notario dará más detalles porque pudiera haber bonificaciones dependiendo del lugar.