Me acaban de conceder un vivienda de Protección Oficial en la Comunidad de Madrid, tengo pareja y nuestra idea es irnos a vivir a ella en un futuro mas o menos inmediato.
Me surgen las siguietes dudas:
1.- La escritura tiene que ir solo a mi nombre?
2.- Si la escritura ha de ir a mi nombre y mi pareja desea pagar la mitad del piso, de que forma se podía legalizar esa situación.
3.- Una vez formalizada la unión, en caso de ruptura como quedaría el reparto del piso?
4.- Para terminar, y yendo un poco lejos, si la separación se produce con descendencia, que pasaría con el piso?
Muchas gracias a quien me pueda contestar
4 Se adjudicaria el uso al progenitor custodio
3 Sa disposicion de su propietario salvo disposicion judicial en contra.
2 Contestado junto a primera cuestion
1 Hasta donde yo se es a Ud a quien le han otorgado la proteccion y por reunir unos requisitos. Creo no le permitiran escriturar el piso mas que a su nombre unicamente, Informese en la CAM
Lucidez y suerte