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Novia embarazada

3 Comentarios
 
Novia embarazada
14/01/2022 12:10
Buenas ,mi novia esta en España con carta de invitacion y se quedo embarazada..que puedo hacer para que no se tenga que ir del Pais?
14/01/2022 16:36
Aritzv81
Hola,

En el momento en el que finalice su periodo de estancia legal (si viene con visado, cuando venza el visado, y si viene de un país cuyos nacionales no necesitan visadtificaro, la estancia máxima son 3 meses), deberá abandonar el país. Hay excepciones -que hay que justificar- que permiten prorrogar la estancia (pero la estancia total -inicial prorroga- no podrá superar 3 meses si viene con visado, o 6 meses si viene sin visado).

Además, los solicitantes de estancias por estudios, permisos o tarjetas de residencias tienen derecho a permanecer en el país mientras se tramitan las solicitudes (normalmente se resuelven en tres meses).

En cualquier caso, si no obtiene un permiso de estancia o residencia, tu novia deberá abandonar el país en unos meses (y el hecho de que esté embarazada o que de a luz a un hijo nacido en España no va a cambiar eso -salvo que al hijo, al nacer, se le de la nacionalidad española, en cuyo caso tu novia podría pedir un arraigo familiar).
22/01/2022 09:32
Buenas lo que lo alucino es que segun a quien preguntes(abogado@s) te dicen una cosa diferente..es algo que no me explico y no logro entender...y me cabrea profundamente..

Los 2ultimos abogados resumiendo mucho me dijeron que al estar embarazada y siendo pareja (en tramite de validación de matrimonio civil) no le van a expulsar .Y que podrá regularizar su situación bien cuando nazca el bebe o aprueben el matrimonio. ...
22/01/2022 16:55
Hola,

Vamos a ver, a tu pregunta: ¿Qué tienes que hacer para que tu novia no se tenga que ir del país, una vez venza su estancia iniciada con carta de invitación?. La respuesta es: Que ella solicite y obtenga un permiso de residencia. El mero de hecho de estar embarazada o que tenga un hijo nacido en territorio español, no le va a dar ni facilitar la obtención del permiso de residencia. Si no obtiene el permiso de residencia, tu novia deberá dejar el país en cuanto finalice su periodo legal de estancia (con las salvedades hechas en mi intervención anterior), es lo que se llama "obligación de salida".

Dicho lo cual, ¿es probable que a la madre de un menor nacido y residente en España, la expulsen por permanecer irregularmente en España (estancia irregular)?. La respuesta es que, a corto plazo es poco probable que la expulsen, salvo que hubiera un agravante (por ejemplo que cometiera algún delito, o incumpliera una orden EXPRESA -por escrito y personalizada- de salir oblgatoriamente del país).

Ahora bien, si bien es cierto que esa expulsión es poco probable a corto plazo, no es, ni de lejos, imposible a medio plazo, con lo que afirmar de manera taxativa que "no la van a expulsar", es precipitado, por no decir poco serio. Te diré lo que puede pasar (y pasa todos los días): Supongamos que un día, por la razón que sea, la policía la para por la calle, y ven que no tiene permiso de residencia. Lo que pasará es que se iniciará un procedimiento de expulsión por estancia irregular. Si no hay agravantes, lo más probable es que dicho procedimiento de expulsión se archive, PERO le darán una orden EXPRESA de salida obligatoria. Si en el futuro (ya sea un mes ó 20 años después de ese archivo del procedimiento de expulsión), por la causa que sea, detectan que sigue ilegal en España, le iniciarán un segundo procedimiento de expulsión por estancia irregular, con la diferencia que en este habrá un agravante (incumplimiento de salida obligatoria), que dará lugar a su expulsión del país, y le prohibirán volver a entrar en 3, 5 ó 10 años.

Tema matrimonio: Si tu eres español o ciudadano comunitario, tu esposa o pareja de hecho podrá obtener papeles (tarjeta comunitaria), en el momento que el matrimonio esté inscrito en el registro civil español, o hayais inscrito vuestra pareja de hecho en el registro de parejas de estables de vuestra comunidad autónoma de residencia. Es más si eres español, y tenéis un hijo en común que, por lo que sea, no es español, tu novia podría obtener los papeles (tarjeta comunitaria) sin necesidad de casarse o inscribir la pareja de hecho, si acredita que convive contigo (sin necesidad que haya convivido contigo un determinado periodo de tiempo).

En todos los casos mencionados en el párrafo anterior, la obtención de la tarjeta comunitaria está condicionada al cumplimiento de varios requisitos, que tu esposa / pareja la solicite en la oficina de extranjería de tu provincia, y que, aparte de demostrar el vínculo, el ciudadano español trabaje o tenga medios económicos.

Saludos.