Sí que puedes pedir ante el juez medidas cautelares, que te las puede conceder o no. Tiene dos inconvenientes: para hacerlo has de presentar la demanda por infracción y si el juez te concede las medidas cautelares te pedirá una fianza en el caso de que no tengas razón, para que no perjudiques a la empresa. En la práctica si el juez tiene alguna duda de la validez de tu modelo de utilidad no te las va a conceder.
Las medidas cautelares habitualmente se conceden si el titular de la patente o modelo se ve claramente perjudicado porque ha de competir en el mercado con el presunto infractor.
A otras empresas te aconsejaría que les enviaras en primer lugar una carta de requerimiento y esperar su reacción. Si te demuestran que tienen pruebas de que en modelo de utilidad no es nuevo, mejor que no presentes ninguna demanda, pero si no te presentan ninguna prueba, entonces te lo puedes plantear. Eso sí, ten en cuenta que no tienen obligación ni de contestarte al requerimiento ni de presentarte ninguna prueba, se las pueden guardar o buscarlas posteriormente para responder a una demanda.
También ten en cuenta que presentar una demanda es caro, unos 10.000 euros más o menos, aunque puedes pedir que te paguen las costas si el juez te da la razón.
Gracias, pero dime 2 cosas. Puedo pedir, por presunta infraccion del mod. que yo tengo y ellos no, una paralizacion preventiva de la actividad del infractor? Esto les haria mucho daño al ser 1 gran empresa y quizas provocaria un acuerdo.
La 2 es que hay otras empresas que hacen esto posterior a mi. Seria mejor dedicarme a estas empresas? Gracias otra vez alfons.
El modelo de utilidad que tienes concedido es válido mientras nadie demuestre que no lo es.
Sin embargo, si miras el título del modelo de utilidad que emite la OEPM comprobarás que pone que es sin garantía por parte del estado respecto a su novedad y actividad inventiva.
En la práctica, si el presunto infractor tiene pruebas para demostrar la falta de novedad te aconsejo que no hagas nada más, ya que no será posible llegar a ningún acuerdo, y en el caso de que presentes una demanda por infracción del modelo de utilidad, por reconvención presentar una demanda de nulidad del modelo, que seguramente sería anulada si se demuestra ante el juez la falta de novedad.
Y el hecho de que nadie se haya opuesto a la protección solicitada para el modelo de utilidad, alegando la falta de cualquiera de los requisitos exigidos para esa concesión, incluso la falta de novedad o de actividad inventiva o la insuficiencia de la descripción,y 1 vez concedido el mod., no me otorga la proteccion solicitada? Y
Si el presunto infractor puede demostrar que fabricaba el envase objeto del modelo de utilidad antes de la fecha de solicitud del mismo tu modelo de utilidad no es válido, ya que no tiene novedad.
La protección de la propiedad industrial es libre, no se puede obligar a nadie a presentar una solicitud de patente o modelo de utilidad. Seguramente consideró que la solicitud era cara o quizás que el envase no era suficientemente novedoso.
El problema de los modelos de utilidad es que no pasan por ningún tipo de examen de novedad y actividad inventiva y su validez puede ponerse siempre en duda. Siempre es aconsejable realizar una búsqueda previa de antecedentes, ya sea a través de un agente de la propiedad industrial o de la Oficina Española de Patentes y Marcas, que realiza el llamado Informe Tecnológico de Patentes.
tengo registrado un mod de ut sobre un envase. Cuando le comunico a la competencia que deje de fabricarlo, alega que lo hace ya desde hace muchos años, en concreto 8. Entonces, si puede demostar esto, mi registro del mod de ut sirve para algo? en ese caso, porke no lo registro? el caso es que el que lo tiene registrado soy yo. Conviene luchar por esto?