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novedad IRPF de padres no custodios

27 Comentarios
Viendo 21 - 27 de 27 comentarios
13/04/2012 21:08
Muchas gracias habra que mirarlo, porque encima en la declaracion del año pasado me dijo la chica: da igual lo que pases de pension, sale mas rentable tener la custodia aunque el custodio no tenga que poner un euro para su manutencion.
13/04/2012 18:58
Gran noticia.
13/04/2012 18:56
Es el BOE nº 61 del lunes 12 de marzo del 2012.
13/04/2012 18:47
En efecto BOE 601, 13 de marzo. Lease también:
http://www.tribunalconstitucional.es/es/jurisprudencia/Paginas/Sentencia.aspx?cod=10306

http://www.fiscal-impuestos.com/tribunal-constitucional-15-febrero-2012-minimo-personal-familiar-convivencia-descendientes-art-39-constitucion-ley-40-1998.html

Que alguién nos aclare si en verdad podemos pedir la devolución.
13/04/2012 18:41
Puse mal el BOE.

Sentencia del 15/02/2012 publicada en el BOE del 12/03/2012.

@Filip:

Esto vale para este año aunque no esté recogido en los borradores de Hacienda y no se si en el programa padre se podrá poner.

Una opción es confirmar el borrador y a continuación presentar la "Solicitud de ingresos indebidos" por la Deducción por Descendientes a Cargo.
13/04/2012 17:28
Seguro que es el BOE del 15.
Yo no encuentro nada.
13/04/2012 16:48
Hola.
¿Se puede aplicar ya esta sentencia en la declaracion de este año?
El tema me parece muy novedoso e interesante.
Un saludo.
Novedad irpf de padres no custodios
13/04/2012 16:37
En el BOE del 15/02/2012 se ha publicada una sentencia del Tribunal Constitucional que, tras todos los considerandos, dice:

FALLO

En atención a todo lo expuesto, el Tribunal Constitucional, POR LA AUTORIDAD QUE LE CONFIERE LA CONSTITUCIÓN DE LA NACIÓN ESPAÑOLA,

Ha decidido

Estimar parcialmente el recurso de inconstitucionalidad núm. 1046-1999, interpuesto por 89 Diputados del Grupo Parlamentario Socialista en el Congreso y, en su consecuencia:

1. Declarar que la expresión «conviva con el contribuyente y» de la letra b) del número 1 del art. 40.3 de la Ley 40/1998, de 9 de diciembre (LA LEY 4419/1998), del impuesto sobre la renta de las personas físicas y otras normas tributarias, es inconstitucional.

2. Desestimar el recurso en todo lo demás.

Publíquese esta Sentencia en el «Boletín Oficial del Estado».

Dada en Madrid, a quince de febrero de dos mil doce.


Traducción práctica:

Los padres no custodios que mantienen a sus hijos a través de una pensión alimenticia, hasta ahora podían poner en el IRPF el importe de la pensión a la que se le aplica una escala distinta a la propia del padre y pagaban un impuesto algo menor que si no se separaba esa pensión. PERO NO PODIAN APLICARSE LA DEDUCCION POR MENORES DE 25 AÑOS A CARGO POR NO CUMPLIR EL REQUISITO DE CONVIVENCIA.

Esto ha cambiado. Si mantienes a tu hijo tienes derecho a la Deducción. Y además puedes revisar tus rentas no prescritas y aplicarte esa deducción. El IRPF de 2007 prescribe el 30/06/2012.

Si es un hijo son unos 225 euros de cada año. Por dos hijos son unos 465 euros cada año.

El procedimiento a seguir es rehacer la renta de cad uno de los años y presentar una "Solicitud de ingresos indebidos".

Saludos y suerte.