En relación con una reclamación de una declaración informativa de una comunidad de bienes (184) , en noviembre 2013 la AT me envía una notificación y el cartero resulta que no encuentra el domicilio de la CB (es un local y por supuesto existe) y por supuesto no me entero.
Ayer casualmente entro en mi oficina electrónica y me encuentro que ya estoy sancionado.
¿ Puedo recurrir ? (argumentaría que en el pasado se me han hecho notificaciones a ese mismo domicilio y las he recibido normalmente)
El hecho de tener cuenta electrónica ¿ me condiciona a que tenga que mirarla día sí y día no ?
¿ Que pensais ? (Son 300 eur de sanción y me la rebajan a 225 pero si recurro me arriesgo a q me la denieguen y pagar los 300)