Agradecería que alguien me oriente en mi caso.
Mi padre tenía un vehículo de más de 30 años, que abandonó en un pueblo en mitad de un viaje por avería, pero parece ser que no lo dió de baja en Tráfico.
Mi padre falleció en 2005 pero ahora están llegando cartas del Ayuntamiento a su nombre, reclamandole el Impuesto de Vehículos desde el año 1999, y en la última pone que es una providencia de apremio y que van a embargarle bienes.
Si se ha notificado la deuda a su nombre en el BOE
¿esa notificación también se entiende hecha a sus herederos, o tendría que hacerse a nuestro nombre?
¿Pueden cobrarnos los intereses de mora a los herederos aunque nosotros no sabíamos nada de que tenía pagos pendientes ni tenemos notificaciones a nuestro nombre?.
Gracias de antemano.