Soy proprietaria y necesito rescindir el contrato de alquiler de mi piso, porque lo necesito para vivir. Como lo dice en el contrato, puedo volver, avisando con 2 meses de antelación antes de complir el 1er año. Envié una carta certificada a los inquilinos , no fueron a recogerla. Envié un burofax, y tampoco.
Necesito saber si ellos, al no haber firmado la recepión de la notificación pueden negarse a irse, y si corro el riesgo que el contrato se renueve automaticamente por 5 años.
Me protege el hecho de haber enviado el burofax con tiempo, aunque no lo hayan aceptado?
Gracias
Hola lisa28.Tanto el burofax,aún si lo envió SIN ACUSE DE RECIBO, como la carta certificada tienen plena validez en su caso,aunque sus arrendatarios NO los hayan recogido.
A falta de más datos el único inconveniente que veo en su caso es el hecho de que usted vaya a ejecutar la cáusa de necesidad dentro del PLAZO de duración inicialmente pactado en el contrato,aún cuando dicha facultad se recogiera expresamente en el contrato.
Le aconsejo que acuda a un/a profesional de la abogacía EXPERTO/A en arrendamientos urbanos para que estudie la viabilidad de ejecutar la clausula de necesidad.