Y ademas, como dice mi colega Jaime, demuestras tu buena fé, que a la postre, aunque seguramente no te hará mucha falta, te ayudará con el tema de las costas ...
Efectivamente, la LEC ha sido modificada y el plazo ha cambiado, ahora son 2 meses, (antes 4). Por tanto, envías el Burofax, esperas algo más de 2 meses, (demostrando tu buena fe), y presentas la demanda de desahucio. Con ello te estás asegurando el evitar que el arrendatario enerve el desahucio...
Un Abrazo
totalemnte de acuerdo con Anton, si bien matizar que la notificacion se debe hacer con cuatro meses de antelacion a la interposicion de la demanda (articulo 22.4 de la LEC),
suerte y un saludo
Obligatorio no es, pero suele ser conveniente si tienes indicios que van a pagar. Si tienes claro que no pagarán o que no van a coger el burofax, es mejor que presenes directamente la demanda.
Saludos.
estoy un poco perdida y os estaria muy agradecida si me ayudarais.gracias.
antes de la demanda de desahucio en un local de negocio es preciso realizar una notificacion fehaciente mediante burofax por ejemplo del dinero adeudado?
cual es el tiempo que hay que esperar para la demanda?
tienen que firmar los arrendadores el burofax