En un contrato de arrendamiento el arrendatario pone como domicilio el suyo de San Sebastian, pero en ingun momento pone a efectos de notificaciones.
Interpreto que la notificacion puede ser tanto en la casa arrendada, zona rural, como en dicho domicilio. ¿no?
El problema es que la casa se encuentra en una zona rural en la que el cartero no suele ir y la intencion es mandar burofax. Seria valida la efectuda en el domicilio que figura en el contrato aunque no se haya incluido " a efectos de notificaciones" ?
Hola Talion. Si en el contrato NO se ha establecido un domicilio a efectos de notificaciones entre las partes puedes utilizar la dirección que aparezca en el contrato.