La notificación de la subasta le llegará por correo certificado con acuse de recibo o se la entregará personalmente (a Ud o a quién se encuentre en la vivienda) el funcionario del Juzgado.
Sepa Ud que si se trata su vivienda habitual, hasta el día señalado para la celebración de la subasta, podrá liberar el bien mediante la consignación de la cantidad exacta que por principal e intereses estuviere vencida en la fecha de presentación de la demanda, incrementada, en su caso, con los vencimientos del préstamo y los intereses de demora que se vayan produciendo a lo largo del procedimiento y resulten impagados en todo o en parte. El tema de las costas es mas problemático y habrá que esperar a examinar lo que solicite la otra parte.
Si Ud tiene intención de abonar, quizás sea más fácil y económico llegar a un acuerdo con el banco.
No espere a que el Banco avance procesalmente. Adelántese y sea usted el que de un paso de acercamiento, como dice Tripoli. Será más facil conseguir una quita así.