Hace unos días recibí en mi domicilio un "Aviso de llegada de notificación" emitido por el servicio de recaudación del Ayuntamiento de mi localidad. En dicho aviso se indica "que se ha intentado por segunda vez la notificación de un acto administrativo que afecta a su persona", cosa que no es cierta, puesto que mis padres (que son mayores y no se mueven de casa) conviven conmigo y están pendientes de cualquier acontecimiento. El asunto es que por motivos laborales encargué a mi padre la recogida de la notificación. Se dirigió a la citada oficina en donde le indican de manera verbal que se trata de una denuncia motivada por INFRACCIÓN DETECTADA POR MEDIOS DE CAPTACIÓN y que si la abona de inmediato descuentan un 50%, a lo que él accede y le entregan CARTA DE PAGO en la que consta la fecha y hora de la denuncia, el lugar, el motivo de la no notificación y el hecho denunciado. Sin embargo entiendo falta el elemento esencial de la sanción que es la DENUNCIA, puesto que me impide cualquier defensa.
Podrían aclararme el asunto.
Agradecido.
Por lo que expones, parece que se trata de una infraccion de trafico (supongo que de velocidad o de no respetar la luz roja de un semaforo).
Si te han dado una carta de pago donde consta fecha y hora, lugar, hecho denunciado, matricula del coche (no lo mencionas tu, pero supongo que constara)... ¿a que te refieres con que falta la denuncia? esa carta de pago es al mismo tiempo la notificacion. Si, ademas, pagas acogiendote al 50% de descuento, renuncias a presentar alegaciones o recurso de reposicion, pero puedes acudir a la via contenciosa al dia siguiente de efectuado el pago.
Lo que me resulta raro es que le dijeran a tu padre que podia pagar si previamente no se habia identificado al conductor, sobre todo si era por no respetar la luz roja de un semaforo, que conlleva la retirada de 4 puntos... no se, seria una infraccion de velocidad de 100 euros
Gracias por la contestación Sarapiki.
Efectivamente el hecho denunciado es "NO OBEDECER LA SEÑAL DE RESTRICCIÓN DE PASO", RG. Cir. 153 - 5 A (Accedí a una calle autorizada sólo para residentes) y la sanción abonada era por importe de 40 euros con el 50% ya incluido y no conlleva retirada de puntos.
Es la primera sanción que me imponen en 27 años de conductor.
Entiendo a que te refieres cuando indicas que la carta de pago es al mismo tiempo la notificación, pero lo que me indigna es que no se notifique reglamentariamente.