En el contrato de opción de compra deben figurar los domicilios a efectos del contrato de las partes. Quizás se puso el domicilio del abogado que intervino por una de ellas. En todo caso ¿la notificación fue recogida por ese abogao o no?. Saludos.
Hola!!!estaría muy agradecida si alguien me pudiese contestar a una duda que tengo. Se trata de un cliente que contrató a un abogado para realizar un contrato de opción de compra y llevase a cabo las negociaciones correspondientes. A raiz de este contrato la otra parte contratante (comprador) ha interpuesto una demanda contra mi cliente (vendedior). Dicha demanda fue notificada al abogado contratado para que llevase a cabo el contrato de opción de compra, sin tener el abogado poder general para pleitos ni orden del cliente. Mi pregunta es la siguiente: Es suficiente que conste en el contrato de opción de compra la dirección del abogado para que posteriormente se le notifique a él la demanda?o la notificación debería haberse hecho según lo establecido en el art.155.1, que dice que debe hacerse eö primer emplazamiento en el domicilio de los litigantes?