Presento una solicitud a un organismo; me notifican a los pocos días, en tiempo, el inicio del expediente; la notificación es defectuosa por carecer de algunos requisitos.
A partir de los seis meses sin contestar, opera el silencio negativo (porque así lo establece la norma para estas solicitudes). Yo no recurro.
Al cabo de dos años me comunica la admón. que deje de actuar, y me encuentro que no se que hacer.
Si la notificación era defectuosa que podría hacer para mis intereses? Y si no hago nada y sigo actuando, qué pasaría?
Hola casimirito:
Por lo poco q entiendo te diría que si la notificación era defectuosa y no recurriste, el acto no es eficaz. Es como si no se hubiera dictado. Ahora, lo q no entiendo es q la Admón te diga que dejes de actuar (qué hiciste para que te comunicaran eso?).
Pq si hiciste algo q suponga q tuvieras alcance del conocimiento del acto sí sería válida la notificación.
albañomaría: no quería ser tan explícito, por no extenderme tanto, pero, para aclararte, te diré que la solicitud era para el aprovechamiento de aguas subterráneas (legalizar un pozo de sondeo).
El problema se plantea cuando Confederación da preferencia en el trámite a una solicitud de mi vecino, que se registró un día antes que la mía, y éste, una vez le resolvieron favorablemente, denuncia porque mi pozo está a menor distancia del suyo de lo permitido reglamentariamente. De acuerdo con la norma reguladora, el orden crolonógico de entrada de la solicitud de debe dar preferencia en cuanto a la concesión, pero no sé que chanchuyo han hecho que, al final, el tiene inscrito el pozo en el Registro de Aguas y yo no puedo aprovecharme de ella. La cuestión es que sigo clandestino.
Siento no poder ayudarte. No sé lo suficiente para hacerlo pero en este foro sí hay personas que saben.
Esperemos que tengas suerte y alguien te conteste.
FOREROSSSSSSSSSSSSSSSSSSSSS, no seais tacaños y compartid vuestros valiosos conocimientos!!!! Así, de paso, aprendemos todos.
Un saludo, casimirito.