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Notificación Defectuosa

1 Comentarios
 
Notificación defectuosa
perfil Eve
03/03/2010 22:37

Vivo en un inmmueble en el cual no hay ni timbre ni buzón, pero si un picaporte o pasamanos para llamar. Además en el immueble hay un portero para la recogida de la correspondencia. Pues bien siempre he recibido las notificaciones sin ningun problema. En verano, se ve que cambiaron al chico que realizaba las notificaciones. La empresa privada a través de su trabajador que gestiona el servicio justifico : IMPOSIBILIDAD DE NOTIFICACIÓN, NO HAY NI TIMBRE NI BUZÓN. El problema es que era un requerimiento de identificación de conductor, que de no hacerlo son 300 euros. Pues bien de dos multas de 45 euros pase a dos multas de 300 = 600 euros.

Recurrí la incocación del procedimiento (que si se me notificó) y me resolvieron en mi contra.

Ahora preparo el recurso de alzada y a la espera de analizar el coste/beneficio de la situación la eventual entrada en lo contencioso- administrativo.

Pues bien, a ver que opinais vosotros. Pero que no haya timbre ni buzón, no es una imposiblidad de entrega cuando hay un pasamanos para llamar y un portero habilitado al efecto de recoger las correspondencias. POR TANTO EL FUNCIONARIO NO REALIZÓ TODAS LAS ACCIONES MATERIALES TENDENTES A LA NOTIFICACIÓN.
Y este mismo hecho se corrobora cuando si se recibió la posterior sanción (al no efectuar el requerimiento)

Considerar que la notificación por edictos, se debe hacer como ultima instancia, cuando la notificación personal no sea posible.Y en este caso era POSIBLE, pero el funcionarió procedio con negligencia.

¿QUE OPINAIS? ¿QUE ME RECOMENDAIS¿

Muchas gracias
04/03/2010 15:31
Que no te rindas y que recurras hasta el final. Es difícil que el órgano administrativo te de la razón pero no imposible.

Sobre este punto existe numerosa jurisprudencia tanto del Tribunal Supremo como del tribunal Constitucional en la que se recoge la obligación de que la Administración actúe con la máxima diligencia exigible cuando se trata de respetar derechos constitucionales como el de poder ejercer el derecho de defensa. Si llegas al contencioso administrativo tienes muchas posiblidades de ganar. Lo malo es que, normalmente, tendrás que pagar la sanción antes y tardarás bastante tiempo en recuperar el dinero.

Suerte,